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PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL POR EL

proyecto de orden ministerial por el que se aprueba el sistema de reconocimiento de la sostenibilidad del turismo de naturaleza
02 Nov, 2023
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PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL POR EL QUE SE APRUEBA EL SISTEMA DE
RECONOCIMIENTO DE LA SOSTENIBILIDAD DEL TURISMO DE NATURALEZA EN LA
RED NATURA 2000
El Plan Sectorial de Turismo de Naturaleza y Biodiversidad, aprobado
mediante el Real Decreto 416/2014, de 6 de julio, incide en la
integración de la biodiversidad en la actividad turística para
garantizar la utilización ordenada y sostenible de los recursos
proporcionados por el patrimonio natural.
El primer objetivo de este Plan sectorial persigue “promover la
configuración de destinos y productos de turismo de naturaleza
sostenible”, siendo la primera acción identificada para su logro el
“desarrollo de un sistema de reconocimiento de la sostenibilidad del
turismo de naturaleza en la Red Natura 2000, poniendo en valor el
capital natural como fuente de ingresos y generador de empleo”.
Este sistema de reconocimiento y acreditación puede contribuir a la
creación de un producto de turismo de naturaleza basado en los valores
de la Red Natura 2000 de España, de modo que pueda utilizarse su
imagen como atractivo. En todo caso, el sistema de reconocimiento y
acreditación parte de la premisa fundamental de que la finalidad de
los espacios de la Red Natura 2000 es la conservación de los hábitats
y especies de interés comunitario, teniendo en cuenta las exigencias
económicas, sociales y culturales, así como las particularidades
regionales y locales.
El presente documento recoge las características básicas del Sistema
de Reconocimiento de la sostenibilidad del Turismo de Naturaleza en la
Red Natura 2000 (en adelante, Sistema) y esquematiza el procedimiento
para su implantación.
En la definición del Sistema, se han considerado como referencia otros
sistemas que promueven el turismo sostenible en espacios protegidos
(Carta Europea de Turismo Sostenible, Producto turístico de las
Reservas de la Biosfera Españolas, etc.), así como la diversidad de
contextos de los espacios Natura 2000 en España.
El Sistema tiene carácter complementario nunca competitivo o
excluyente con otros sistemas existentes equivalentes y consolidados
en el ámbito estatal.
Una vez implantado el Sistema, las administraciones dedicadas al
impulso del turismo podrán contar con una herramienta que les permita
identificar entornos y empresas comprometidos con la sostenibilidad
del turismo de naturaleza y tener la certeza de que se desarrolla sin
implicar efectos negativos sobre la biodiversidad. Con esta
información, podrán articular medidas para diferenciar positivamente
los espacios y las empresas acreditados y priorizar los esfuerzos de
promoción sobre ellos, reconociendo su contribución a la creación de
empleo verde y a la conservación de la biodiversidad, de conformidad
con la primera acción del objetivo segundo del Plan Sectorial de
Turismo de Naturaleza y Biodiversidad “Promocionar el turismo de
naturaleza reconocido como sostenible”.
Por todo ello, el Artículo 1 de la presente Orden aprueba el Sistema,
cuyo contenido, estructura y esquema de implantación se incluye en su
Anexo. El Artículo 2 incluye un mandato específico a las
administraciones públicas implicadas dirigido a reconocer y destacar
el compromiso voluntario con el turismo de naturaleza sostenible de
los espacios Natura 2000 y de las empresas adheridas al Sistema, en
desarrollo de la referida acción del Plan Sectorial de Turismo de
Naturaleza y Biodiversidad.
[PENDIENTE DE COMPLETAR LA TRAMITACIÓN] [En su elaboración se ha
consultado a las comunidades autónomas, a través de la Comisión
Estatal de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y de la Mesa de
Directores Generales de Turismo, a las entidades representativas de
los sectores afectados, a los agentes económicos y sociales a través
del Consejo Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y se ha
sometido a información y consulta pública.]
En su virtud, a propuesta de [la Ministra de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente y del Ministro de Industria, Energía y Turismo],
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación del Sistema de Reconocimiento de la
Sostenibilidad del Turismo de Naturaleza en la Red Natura 2000.
Se aprueba el Sistema de Reconocimiento de la Sostenibilidad del
Turismo de Naturaleza en la Red Natura 2000 recogido en el Anexo de la
presente Orden.
Artículo 2. Promoción de los espacios Natura 2000 y empresas adheridas
al Sistema de Reconocimiento de la Sostenibilidad del Turismo de
Naturaleza en la Red Natura 2000.
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el
Ministerio de Industria, Energía y Turismo, así como otras
administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias,
establecerán medidas para reconocer y destacar el compromiso
voluntario de las empresas adheridas al Sistema Reconocimiento de la
Sostenibilidad del Turismo de Naturaleza en la Red Natura 2000.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXO
Sistema de Reconocimiento de la Sostenibilidad del Turismo de
Naturaleza en la Red Natura 2000
I.
Objetivo
Siguiendo la filosofía del Plan Sectorial de Turismo de Naturaleza y
Biodiversidad, este sistema de reconocimiento y acreditación tiene por
objetivo impulsar un mejor desarrollo y gestión sostenible de las
actividades de turismo de naturaleza en los espacios de la Red Natura
2000, implicando a las empresas turísticas y a los gestores de los
espacios de la Red Natura 2000.
Así, el Sistema persigue reconocer la sostenibilidad del turismo de
naturaleza que se desarrolla en los espacios de la Red Natura 2000 a
través del compromiso conjunto del gestor y de las empresas de turismo
de naturaleza.
Esto puede favorecer la creación de un producto de turismo de
naturaleza sostenible basado en los valores de la Red Natura 2000 de
España, que fomente su conocimiento por la sociedad y el
reconocimiento del valor que tiene para la conservación de la
biodiversidad en España. La imagen de la adhesión al Sistema se podrá
usar como aval de diferenciación de un turismo de naturaleza
sostenible y comprometido con la conservación.
La implantación de este Sistema puede contribuir a diversos fines:
*
Mejorar la gestión y ordenación del uso público en general y del
turismo de naturaleza en particular en los espacios Natura 2000 y
contribuir así a la protección y conservación de la Red Natura
2000.
*
Vincular a las empresas turísticas que desarrollen sus actividades
en la Red Natura 2000 con estos territorios e implicarlas en su
gestión y conservación.
*
Facilitar a las administraciones públicas y a los usuarios de
actividades turísticas un aval de sostenibilidad y de compromiso
con el turismo de naturaleza sostenible, tanto del espacio Natura
2000 como de las empresas adheridas.
*
Proporcionar a las empresas turísticas adheridas un elemento de
diferenciación que reconozca su especial compromiso con el espacio
y que pueda ser aprovechado como ventaja competitiva en su
negocio.
II.
Características esenciales
*
Destinatarios: El Sistema está dirigido a los espacios que
integran la Red Natura 2000 de España designados en virtud de la
aplicación de las Directivas Aves y Hábitat (LIC, ZEPA o ZEC) y a
las empresas de turismo de naturaleza que desarrollan su actividad
en ellos.
*
Carácter y alcance: La adhesión al Sistema es voluntaria y se basa
en la libre aceptación por todas las partes de lo establecido en
el mismo. Los requisitos y compromisos a cumplir por parte de los
actores implicados para integrarse en el Sistema no establecen un
nuevo marco regulatorio.
*
Iniciativa y desarrollo: La iniciativa para solicitar la adhesión
al Sistema partirá, en todo caso, del gestor del espacio Natura
2000 (administración ambiental competente). De este modo, se
asegurará que los responsables de su conservación consideran que
en el espacio Natura 2000 se podrían realizar actividades de
turismo de naturaleza compatibles con la conservación de sus
valores naturales.
Las empresas turísticas pueden tomar la decisión de adherirse al
Sistema, una vez adherido el espacio Natura 2000 en el que desarrollan
su oferta de actividades.
Con la adhesión al Sistema, se establece el compromiso mutuo del
gestor del espacio Natura 2000 y de las empresas de turismo de
naturaleza que presten servicios en ese espacio, mediante el cual
ambas partes comparten la meta común de impulsar un turismo de
naturaleza sostenible en la Red Natura 2000.
Las empresas colaborarán con los gestores del espacio en la
consecución de los objetivos por los que fueron declarados, mejorarán
la sostenibilidad de su oferta turística y su competitividad y
contribuirán a mejorar la economía local. Los gestores de los espacios
de la Natura 2000 asumirán una función proactiva apoyando a las
empresas turísticas que voluntariamente se adhieran, estableciendo un
vínculo con ellas a través del Sistema.
*
Imagen: La imagen del Sistema, que será el logotipo oficial de
Natura 2000 junto con las palabras “turismo sostenible” (también
en las lenguas cooficiales, en su caso), confirmará la adhesión al
mismo y servirá para comunicar que en un determinado espacio
Natura 2000 se cumplen una serie de requisitos y compromisos
voluntarios, tanto por el gestor como por los empresarios
turísticos adheridos, dirigidos a promover una actividad turística
sostenible y compatible con la conservación de sus valores
naturales.
*
Reconocimiento de otros sistemas solventes: En caso de que una
empresa turística esté reconocida por algún otro sistema de
acreditación solvente, se beneficiará de un procedimiento
simplificado de adhesión.
III.
Actores implicados y funciones
*
Gestor del espacio Natura 2000: Administración ambiental
competente en la gestión de los Espacios de la Red Natura 2000.
Tendrá en exclusiva la iniciativa para solicitar la adhesión al
Sistema; se responsabilizará de su aplicación y seguimiento;
ejercerá como interlocutor con el Órgano de Coordinación Nacional;
verificará que se cumplen en su espacio Natura 2000 los requisitos
de las empresas que soliciten adherirse y cumplirá con los
compromisos que le correspondan.
*
Empresas de turismo. Empresas que desarrollen actividades de
turismo de naturaleza en el interior o en el entorno del espacio
Natura 2000 (definido como los términos municipales que aportan
terrenos al espacio).
La tipología concreta de empresas acreditables en cada espacio Natura
2000 la determinará el gestor de cada espacio en función del modelo de
uso público establecido en el mismo. No obstante, en el contexto del
Sistema, se reconocen como empresas de turismo de naturaleza aquellas
que realizan su actividad empleando expresamente los recursos
naturales de forma específica, sin degradarlos o agotarlos. Esta
definición engloba al ecoturismo (contemplación, disfrute y/o
conocimiento de la naturaleza), al turismo activo en la naturaleza
(deportes y actividades de aventura) y a empresas proveedoras de
alojamientos en el ámbito de cada espacio. No se incluyen entre las
empresas acreditables aquéllas que aún estando ubicadas dentro de
espacios Natura 2000, están relacionadas con la elaboración de
productos (alimentación, artesanía, etc.), objeto de otros sistemas
que reconocen la denominación de origen o la trazabilidad de su
producción.
*
Órgano de Coordinación Nacional: Órgano encargado de la
implantación homogénea y coherente del Sistema en todo el
territorio nacional. Recibirá y centralizará la información;
verificará las candidaturas de los espacios que soliciten la
adhesión, confirmará el cumplimiento de los requisitos y
compromisos y otorgará el uso de la imagen del Sistema.
Este órgano será de composición mixta y estará formado por
representantes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente, Ministerio de Industria, Energía y Turismo, Administraciones
Turísticas de las Comunidades Autónomas, Administraciones Ambientales
de las Comunidades Autónomas y agentes relacionados con el turismo de
naturaleza.
IV.
Procedimiento y requisitos
La implantación del Sistema en cada espacio Natura 2000 seguirá los
pasos recogidos a continuación.
1. El gestor del espacio Natura 2000 iniciará el procedimiento de
adhesión al Sistema cuando considere que el espacio es susceptible de
ser utilizado (bajo determinadas condiciones o en aquellas zonas que
tengan capacidad) para actividades de turismo de naturaleza
compatibles con la finalidad de conservación que motivó la declaración
del espacio y ajustadas a su modelo de uso público.
Requisitos que deberá cumplir el gestor del espacio Natura 2000 para
iniciar la implantación del Sistema:
Requisito EN2000.1. Realizar una gestión activa del espacio, con
medios materiales y humanos dedicados a ella, y disponer de un plan de
gestión aprobado.
Requisito EN2000.2. Disponer de un diagnóstico sintético del uso
público y del turismo de naturaleza del espacio en el que se
implantará el Sistema. Este diagnóstico debería considerar, al menos,
los siguientes aspectos:
*
Situación actual del uso público del espacio, con especial
referencia a las actividades de turismo de naturaleza, principales
modalidades, intensidad de uso y distribución, repercusión
socioeconómica, etc.
*
Identificación de conflictos, impactos o problemas entre la
conservación de los valores naturales del espacio y las
actividades de uso público y de turismo de naturaleza.
*
Valoración de la idoneidad del espacio para el uso público y el
turismo de naturaleza del espacio. Condiciones necesarias para
asegurar la compatibilidad (tipologías de actividades, capacidades
de carga, zonas frágiles, limitaciones, etc.).
Requisito EN2000.3. Disponer de una ordenación del uso público en el
espacio que considere la actividad de turismo de naturaleza. Esta
ordenación puede estar incluida bien en el plan de gestión del espacio
o en otros instrumentos específicos (con el tipo de aprobación que el
gestor considere más adecuada).
La ordenación deberá explicitar el modelo de uso público y de turismo
de naturaleza al que aspira el espacio, que debe ajustarse a sus
características y objetivos de conservación y basarse en el
diagnóstico realizado. La ordenación tratará, al menos, las siguientes
cuestiones:
*
Identificación de las modalidades de uso público y de turismo de
naturaleza potencialmente compatibles con una adecuada
conservación de los valores naturales del espacio y determinación
de las que no se consideran compatibles con este objetivo.
Relación de tipologías de empresas acreditables y potencialmente
interesadas en adherirse.
*
Normas, directrices, criterios de gestión y/o recomendaciones de
buenas prácticas para el desarrollo de actividades turismo de
naturaleza. Incluirá, en su caso, zonificaciones o limitaciones
temporales para el desarrollo de las actividades.
*
Establecimiento, en su caso, de umbrales o capacidades de carga de
uso público o turístico, en determinados lugares, en caso de
requerirse.
*
Recomendaciones para facilitar la comprensión y difusión de los
valores que caracterizan el espacio Natura 2000.
*
Mecanismos de seguimiento y evaluación de la utilización del
espacio para actividades de turismo de la naturaleza y de la
frecuentación del espacio.
Asumir los siguientes compromisos:
Compromiso EN2000.1. Liderar e impulsar la implantación y el
desarrollo del Sistema en el espacio Natura 2000 y la adhesión de
empresas.
Compromiso EN2000.2. Esforzarse en la mejora continua de la gestión
del uso público en general y de las actividades de turismo de
naturaleza en particular en el espacio Natura 2000.
Compromiso EN2000.3. Establecer cauces específicos de comunicación y
coordinación con los actores relacionados con el turismo de naturaleza
en el espacio Natura 2000. Cuando se considere, podrá constituirse un
órgano local de coordinación como mecanismo estable de interlocución y
trabajo conjunto con las empresas turísticas.
Compromiso EN2000.4. Facilitar información y materiales básicos sobre
el espacio y su gestión a las empresas adheridas.
Compromiso EN2000.5. Diferenciar y favorecer a las empresas
acreditadas en su formación y promoción.
Compromiso EN2000.6. Ofrecer participación a las empresas adheridas en
actividades del espacio Red Natura (acciones de conservación,
restauración ambiental, voluntariado, educación ambiental, celebración
de eventos, etc.).
Compromiso EN2000.7. Promocionar específicamente a las empresas
adheridas al sistema en equipamientos de uso público del espacio
(puntos de información), en el caso de que existan, y en sus
materiales promocionales convencionales y online (web, folletos
informativos, guías de servicios turísticos).
La solicitud de adhesión se remitirá al Órgano de Coordinación
Nacional e incluirá la información y documentación que acredite el
cumplimiento de los requisitos:
Documento EN2000.1. Solicitud de adhesión del espacio Natura 2000
firmada por el gestor del espacio, que incluirá los compromisos que
asume.
Documento EN2000.2. Diagnóstico de la actividad turística en relación
con la conservación y gestión del espacio.
Documento EN2000.3. Documento de ordenación del uso público.
2. El Órgano de Coordinación Nacional, una vez recibida la solicitud
de adhesión y la documentación correspondiente, verificará que se
cumplen todos los requisitos y comunicará oficialmente al gestor del
espacio Natura 2000 que puede iniciar la implantación del Sistema con
las empresas turísticas.
3. El gestor del espacio Natura 2000 recibirá la comunicación del
Órgano de Coordinación Nacional y podrá iniciar la difusión del
Sistema entre las empresas de turismo potencialmente interesadas en
adherirse.
4. Las empresas turísticas acreditables e interesadas en adherirse,
según la ordenación del uso público establecido por el gestor,
solicitarán al gestor del espacio Natura 2000 la participación en el
Sistema.
Requisitos que deberán cumplir las empresas turísticas:
Requisito ET.1. Presentar una breve memoria de la empresa que describa
sus actividades turísticas de naturaleza y la relación de la empresa
con el espacio Natura 2000 y sus objetivos de conservación, incluyendo
referencias al uso que realiza de los recursos naturales y de la
biodiversidad. Esta descripción debe permitir al gestor verificar que
las actividades turísticas que desarrolla la empresa en cuestión se
ajustan al modelo de uso público y a la ordenación planteados para el
espacio.
Requisito ET.2. Declaración responsable de que se cumplen las
siguientes especificaciones:
LEGALIDAD:
*
No existencia de expedientes de infracción ambiental abiertos.
*
Inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas.
*
Registro oficial de turismo.
*
Licencia municipal de apertura, en su caso.
*
Sede registral en el espacio Natura 2000 o demostrar que un
porcentaje significativo de su oferta se desarrolla en el
espacio o en su entorno.
*
Cumplimiento de los requerimientos legalmente exigidos para el
ejercicio de la actividad en el territorio en cuestión.
FORMACIÓN
*
Disponer de una formación básica sobre las características del
espacio Natura 2000, sus valores y su gestión, que podría ser
facilitada por el gestor del espacio o por otros actores,
pudiendo usar formatos convencionales u online.
INFORMACIÓN
*
Disponer de material básico informativo sobre el espacio Red
Natura 2000 y sus servicios de uso público (folletos, mapas,
guías…) e información práctica sobre el territorio, para
consulta o entrega a sus clientes.
DESARROLLO DE SUS ACTIVIDADES
*
Incluir en sus actividades turísticas referencias a los valores
y recursos del espacio Natura 2000.
*
Considerar, en el diseño de su oferta o catálogo de actividades
turísticas, la normativa del espacio, las limitaciones y la
fragilidad de los lugares donde se desarrollen. Puede incluir,
en su caso, autolimitación del número de participantes o
limitaciones temporales para ofrecer actividades en lugares
sensibles.
*
Desarrollar buenas prácticas en relación a la biodiversidad.
RETORNO PARA LA CONSERVACIÓN
*
Colaborar, en la medida de lo posible, en la conservación de la
biodiversidad.
*
Apoyar, en su caso, a causas locales de conservación de la
biodiversidad (por ejemplo, donaciones a ONG, programas de
voluntariado, cesión de instalaciones para encuentros,
actividades…).
COMPORTAMIENTO MEDIOAMBIENTAL
*
Adoptar, en lo posible, medidas de ahorro de energía, agua,
reducción de residuos y de la contaminación, consumo
responsable, implicando a los clientes.
*
Comunicar la gestión y las medidas adoptadas por la empresa a
favor de la sostenibilidad y la conservación de la
biodiversidad.
*
Apoyar, en su caso, el desarrollo local, la compra de productos
locales y la contratación de proveedores locales, la oferta de
gastronomía tradicional, platos típicos y de temporada.
IMAGEN DEL SISTEMA
*
Exhibir y mantener el distintivo con la imagen del sistema en la
empresa o establecimiento y en el exterior.
*
Exhibir el Certificado de adhesión al sistema con los
compromisos adquiridos en espacios comunes u oficinas.
*
Informar acerca del sistema a los clientes.
Requisito ET.3. Disponer de un plan de mejora de la integración de la
empresa turística con el espacio Natura 2000.
Este plan explicará cómo se va a mejorar la consideración del espacio
Natura 2000 y de la biodiversidad en las actividades turísticas
propias de la empresa, teniendo en cuenta los objetivos de gestión del
espacio Natura 2000, su ordenación del uso público y los impactos de
la empresa sobre la biodiversidad.
Este plan de mejora incluirá una declaración expresa (declaración
responsable) por parte de la empresa turística de que conoce los
objetivos de conservación del espacio Natura 2000, su modelo de
gestión y un compromiso para desarrollar su actividad turística
conforme a ellos, y para divulgar la Red Natura 2000 entre sus
clientes.
Requisito ET.4. Cumplir con requisitos específicos adicionales del
espacio Natura 2000, si los hubiera porque así lo haya considerado
necesario el gestor.
La solicitud de participación de la empresa turística se remitirá al
gestor del espacio Natura 2000 junto con la documentación acreditativa
de cumplimiento de los requisitos:
Documento ET.1. Diagnóstico de la actividad turística.
Documento ET.2. Solicitud de participación de la empresa turística.
Documento ET.3. Memoria y descripción de la relación de la empresa
turística con el espacio Natura 2000.
Documento ET.4. Acreditación del cumplimiento de las exigencias.
Documento ET.5. Plan de mejora.
5. El gestor del espacio Natura 2000 verificará la documentación de
las empresas turísticas interesadas en participar en el Sistema y
remitirá al Órgano de Coordinación Nacional una relación de las
empresas aptas que cumplen con los requisitos y compromisos
establecidos, junto con la solicitud de acreditación.
En caso de que la empresa turística esté acreditada con algún otro
sistema de acreditación solvente que cubra los requisitos del Sistema,
entre otros, Carta Europea de Turismo Sostenible, Producto turístico
de las Reservas de la Biosfera Españolas, se aplicará un procedimiento
simplificado de reconocimiento directo.
6. El Órgano de Coordinación Nacional recibirá la información y
revisará el cumplimiento de los requisitos y compromisos de las
empresas turísticas con relación al Sistema. En caso afirmativo,
confirmará la acreditación del espacio Natura 2000 y otorgará el uso
de la imagen distintivo del Sistema tanto al espacio como a las
empresas adheridas.
V.
Seguimiento y evaluación continua
7. El gestor del espacio Natura 2000 y los empresarios turísticos
trabajarán conjuntamente para avanzar en el cumplimiento de sus
compromisos. Las empresas de turismo deberán presentar, cada 3 años,
al gestor del espacio una breve memoria explicativa de sus actividades
de turismo de naturaleza y de las buenas prácticas que van implantando
en relación con la conservación de la biodiversidad.
Una vez analizada y valorada esa información, el gestor la remitirá
con su evaluación y, en su caso, propuesta de renovación al Órgano de
Coordinación Nacional.
8. A la luz de los informes, el Órgano de Coordinación Nacional
renovará, en su caso, la acreditación.
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