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WIPO/ACE/2/11 página 0 OMPI S WIPO/ACE/2/12

wipo/ace/2/11 página 0 ompi s wipo/ace/2/12 original: inglés fecha: 25 de junio de 2004 organización mu
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WIPO/ACE/2/11
página 0
OMPI

S
WIPO/ACE/2/12
ORIGINAL: Inglés
FECHA: 25 de junio de 2004
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
GINEBRA
comité asesor SOBRE OBSERVANCIA
Segunda sesión
Ginebra, 28 a 30 de junio de 2004
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN ISRAEL;
ESTUDIO DE LA LEGISLACIÓN, EL SISTEMA JUDICIAL, LAS ACTIVIDADES DE
OBSERVANCIA Y LOS PROGRAMAS DE SENSIBILIZACIÓN PÚBLICA
Documento preparado por la Secretaría
1. El 24 de junio de 2004, la Secretaría recibió un documento del
Ministerio de Justicia de Israel titulado “La protección de los
derechos de propiedad intelectual en Israel; estudio de la
legislación, el sistema judicial, las actividades de observancia y los
programas de sensibilización pública” para su distribución a los
miembros del Comité Asesor sobre Observancia (ACE). Dicho documento
figura anexo al presente documento.
2. Se invita al ACE a tomar nota de la información contenida en el
Anexo del presente documento.
[Sigue el Anexo]
ANEXO
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN ISRAEL;
ESTUDIO DE LA LEGISLACIÓN, EL SISTEMA JUDICIAL, LAS ACTIVIDADES DE
OBSERVANCIA Y LOS PROGRAMAS DE SENSIBILIZACIÓN PÚBLICA
Índice
Introducción 2
Sección I: Panorama general de la Legislación Israelí en Materia de
Propiedad Intelectual 3
1. Introducción 3
2. Acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual en los que es
parte Israel 4
3. Principal legislación nacional en materia de propiedad intelectual
5
3.1 Patentes 5
3.2 Marcas 7
3.3 Diseños 8
3.4 Derecho de autor 9
3.5 Denominaciones de origen e indicaciones geográficas 10
3.6 Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes y de los
organismos de radiodifusión 11
3.7 Secretos comerciales 12
3.8 Topografías de circuitos integrados 13
3.9 Obtenciones vegetales 13
4. El sistema judicial y los recursos previstos en los procesos
relativos a la propiedad intelectual 13
4.1 Introducción 13
4.2 El sistema judicial 14
4.3 Recursos civiles 15
4.3.1 Vías de satisfacción provisionales 15
4.3.2 Medidas de reparación definitivas 16
4.3.3 Otras medidas de reparación 18
4.4 Procesos penales 18
4.4.1 Querellas 18
4.4.2 Jurisprudencia 18
Sección II: Observancia 22
5. Observancia 22
5.1 Introducción 22
5.2 Actividades de observancia 22
5.2.1 El Ministerio de Justicia 22
5.2.2 Las unidades especiales de la Policía que se ocupan de la
observancia de los derechos de propiedad intelectual 23
5.2.3 La Administración de Aduanas 25
5.3 Cooperación entre los departamentos de seguridad del Estado 26
5.3.1 Creación del Foro para la Observancia – propiedad intelectual 26
5.3.2 Asesoramiento jurídico habitual 26
5.3.3 Recopilación y acceso a la información 27
5.4 Contactos con los titulares de los derechos 27
Sección III: ProgramaS de Sensibilización Pública 28
6. Programas de sensibilización pública 29
6.1 Introducción 29
6.2 Programas de formación jurídica continuada para jueces 29
6.3 Programas de formación 29
6.5 Seminarios 29
Conclusiones 31
Introducción

El presente documento tiene por fin ofrecer un panorama general de la
legislación y las actividades de observancia de los derechos de
propiedad intelectual en Israel, el sistema judicial israelí y los
programas de sensibilización pública relacionados con la propiedad
intelectual.
En el documento se presta atención a la legislación vigente y a la
legislación propuesta en materia de propiedad intelectual, a las
medidas de reparación disponibles y a los procedimientos civiles y
penales previstos en las demandas por infracción de los derechos de
propiedad intelectual. Asimismo, se exponen las importantes
iniciativas que ha emprendido Israel para hacer valer los derechos de
propiedad intelectual y combatir sus violaciones.
Los derechos de propiedad intelectual en Israel están protegidos
mediante un sistema de Derecho legislado y Derecho común que abarca la
adquisición, mantenimiento y observancia de derechos sobre patentes,
diseños, marcas registradas y sin registrar, nombres comerciales,
denominaciones de origen, derechos de autor, derechos de los artistas
intérpretes y ejecutantes y de los organismos de radiodifusión,
secretos comerciales e información confidencial, topografías de
circuitos integrados y obtenciones vegetales.
La legislación israelí, en general, se basa en la tradición del
Derecho común inglés y tiene sus raíces en el Derecho imperativo
británico y el Derecho jurisprudencial de Israel. La evolución moderna
de la legislación de propiedad intelectual israelí se inspira a menudo
en jurisdicciones en las que se aplica el Derecho común inglés, así
como en el nuevo cuerpo legislativo de la Unión Europea y en las
propuestas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Cabe observar que los derechos de propiedad intelectual no sólo están
protegidos mediante la legislación específica relativa a ese ámbito,
sino que también pueden protegerse en circunstancias adecuadas de
conformidad con otro tipo de legislación, como la Ley de Delitos
Comerciales y la Orden sobre Actos Ilícitos Civiles.
Los derechos de propiedad intelectual se hacen valer mediante un
sistema exhaustivo de Derecho legislado y Derecho común, que incluye
recursos como los interdictos y las órdenes de embargo a petición de
parte interesada, las órdenes de registro e incautación y los
registros e incautaciones aduaneros. Entre los recursos jurídicos
finales figuran, entre otros, los interdictos permanentes, la
liquidación de los beneficios obtenidos por el infractor, la entrega
del material, la destrucción de las mercancías delictivas, las
compensaciones monetarias y el pago de las costas judiciales. Están
previstas sanciones penales, entre otros casos, por falsificación de
marcas, violación de los derechos de los artistas intérpretes o
ejecutantes y de los organismos de radiodifusión, así como por
violación de los derechos de autor y por uso premeditado de falsas
descripciones comerciales.
Israel está comprometido a combatir efectivamente las violaciones de
derechos de propiedad intelectual y ha combinado los esfuerzos del
Ministerio de Justicia, el ministerio público, la Policía, la
Administración de Aduanas y otros ministerios pertinentes para
combatir ese tipo de violaciones. Los ministerios han asignado fondos
adicionales con ese fin y ha sido creada una unidad especial de la
policía dedicada a los delitos de propiedad intelectual.
Israel se esfuerza por fomentar sus mecanismos de observancia, y acoge
con agrado la cooperación con otros países para combatir la plaga
internacional de la piratería y los actos delictivos que afectan a la
propiedad intelectual en casi todos los países del mundo.
El presente documento se divide en varias secciones. En la primera
sección se ofrece un panorama general de la legislación de Israel en
materia de propiedad intelectual, la legislación pendiente de
aprobación o propuesta, y los recursos previstos en los casos de
violación de derechos de propiedad intelectual. En la segunda sección
se facilita información sobre las actividades de observancia, tanto
las que ya han sido emprendidas por los distintos ministerios y
autoridades israelíes como las que están llevándose a cabo actualmente
de manera coordinada y conjunta para combatir las violaciones de
derechos de propiedad intelectual. En la tercera sección se examinan
los programas de sensibilización pública sobre cuestiones de propiedad
intelectual iniciados por el Gobierno de Israel. Estos programas
tienen por fin concienciar al público, a los funcionarios
gubernamentales y a las personas que trabajan en el ámbito de la
propiedad intelectual sobre qué constituyen violaciones de derechos de
propiedad intelectual, las distintas actividades de observancia que ha
emprendido el Gobierno para combatir dichas violaciones, y las
consecuencias civiles y penales de estas últimas.
Sección I: Panorama general de la Legislación Israelí en Materia de
Propiedad Intelectual

1. Introducción

En Israel los derechos de propiedad intelectual están protegidos
mediante un sistema de Derecho estatutario y de Derecho común que
abarca la adquisición, mantenimiento y observancia de los derechos
sobre patentes, diseños, marcas registradas y sin registrar, nombres
comerciales, denominaciones de origen, derechos de autor, derechos de
artistas intérpretes y ejecutantes y derechos de organismos de
radiodifusión, secretos comerciales, topografías de circuitos
integrados y obtenciones vegetales. Gran parte de la normativa de
propiedad intelectual en Israel se basa en el Derecho estatutario
británico. Esa legislación ha sido actualizada y modificada a lo largo
de los años para satisfacer nuevas necesidades. La jurisprudencia
israelí es una fuente continua de modernización y perfeccionamiento en
esta esfera. Actualmente las legislaciones y prácticas de países
modernos, especialmente el derecho anglonorteamericano, el nuevo
cuerpo legislativo de la Unión Europea y las propuestas de las
organizaciones internacionales afectan a la legislación y a la
jurisprudencia israelíes.
La legislación y jurisprudencia en materia de propiedad intelectual,
además de ocuparse de la materia en cuestión, contiene igualmente una
serie progresiva y bien establecida de recursos civiles en materia de
infracción, incluidas importantes medidas de compensación preliminar
como las órdenes Anton Piller, el bloqueo cautelar del patrimonio, y
el nombramiento de administradores especiales para las mercancías
infractoras.
El Ministerio de Justicia se halla ejecutando actualmente una reforma
legislativa general en el ámbito de la propiedad intelectual, con la
intención de sustituir la legislación vigente por un nuevo marco
legislativo. Hace unos años fueron promulgadas una nueva Ley de
Delitos Comerciales y una nueva Ley de Circuitos Integrados, en 2002
se modificaron sustancialmente las sanciones penales por falsificación
de marcas y piratería del derecho de autor, en julio de 2003 se aprobó
una legislación de aplicación del Protocolo de Madrid, recientemente
se ha publicado una propuesta de Ley de Derecho de Autor a fin de que
se formulen comentarios, y un comité público está a punto de proponer
varias modificaciones a la Ley de Patentes.
Israel se muestra orgulloso de contar con un sistema judicial de gran
reputación y que resulta fácilmente accesible. Los procedimientos
judiciales israelíes en las causas judiciales relativas a la propiedad
intelectual se ejecutan en gran medida de conformidad con las normas
previstas para los procedimientos civiles (en las causas civiles) y
las previstas para los procedimientos penales (en las causas
criminales).
La legislación israelí contempla varias opciones a la hora de iniciar
acciones civiles en materia de propiedad intelectual, procedimientos
anteriores a la causa y procedimientos durante el juicio, así como
recursos provisionales y finales. La legislación israelí también prevé
en determinados casos la posibilidad de que los particulares inicien
acciones penales. Por supuesto, se trata de una nueva opción que ha de
añadirse a los poderes intrínsecos del Estado a la hora de ejercer
acciones contra los autores de delitos en el ámbito penal. En este
estudio no pueden examinarse concienzudamente todas estas cuestiones.
No obstante, en esta sección figura un resumen general de algunos
procedimientos y recursos previstos en los procesos relacionados con
la propiedad intelectual.
Además de su legislación nacional, Israel también es parte en los
principales acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual.
Muchas de las normas estipuladas en estos acuerdos han sido
implementadas específicamente en el conjunto de la legislación
israelí.
En esta sección se exponen los acuerdos internacionales en los que
Israel es parte, se ofrece un panorama general de la legislación
israelí, tanto la vigente como la pendiente de aprobación, y de las
normas en materia de propiedad intelectual, así como los
procedimientos y recursos previstos en los casos de violación de
derechos de propiedad intelectual.
2. Acuerdos internacionales sobre propiedad intelectual en los que es
parte Israel

Israel es parte en la mayoría de los principales tratados
internacionales sobre derechos de propiedad intelectual, a saber:
*
Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) (Ronda
Uruguay, 1994).
*
Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial,
revisión de Estocolmo (1967).
*
Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y
Artísticas; revisión de Bruselas (1951); revisión de Estocolmo,
Artículos 22 a 38 (1967); Acta de París (1971).
*
Convención de Roma (1961): Convención Internacional sobre la
protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los
productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión.
*
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, (PCT)
(Washington, 1970).
*
Arreglo de Madrid relativo a la represión de las indicaciones de
procedencia falsas o engañosas en los productos (1891); revisión
de Lisboa (1958); revisión de Estocolmo (1967).
*
Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de
Productos y Servicios para el Registro de las Marcas (1957);
revisión de Estocolmo (1967).
*
Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones
de Origen y su Registro Internacional (1958); revisión de
Estocolmo (1967).
*
Arreglo de Estrasburgo relativo a la Clasificación Internacional
de Patentes (1971).
*
Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas
contra la Reproducción no autorizada de sus Fonogramas (1971).
*
Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del
Depósito de Microorganismos a los fines del procedimiento en
materia de patentes (1977).
*
Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones
Vegetales (UPOV) (1979) (Acta de 1991).
*
Convención Universal sobre Derecho de Autor (1952)
*
Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (1967).
Cabe observar que los acuerdos internacionales no se aplican de forma
automática en Israel. Esto significa que aunque la firma de un acuerdo
internacional da lugar a obligaciones internacionales, el acuerdo como
tal no pasa a formar parte de la legislación nacional. En
consecuencia, es necesario llevar a cabo una actividad normativa
adicional para su implementación. Existen diversas maneras mediante
las que los acuerdos internacionales pueden integrarse en la
legislación nacional en Israel. A veces, un tipo de legislación
específica en sí contiene una disposición general que reconoce de
antemano la validez de todo tratado internacional que pueda
suscribirse sobre determinada materia. No obstante, en numerosos casos
los tratados son implementados por medio de legislación específica,
reglamentos u órdenes.
3. Principal legislación nacional en materia de propiedad intelectual

En esta parte, se ofrece una breve reseña de la legislación en materia
de propiedad intelectual.
3.1 Patentes
Introducción
En virtud de la legislación israelí una patente es la concesión de un
derecho de monopolio, hecho valer por el estado, al inventor (sus
herederos o cesionarios) de invenciones útiles que se efectúa a
reserva de determinados criterios. La patente no faculta a su
propietario para explotar la invención, sino que le otorga el derecho
exclusivo a impedir que otros exploten la invención. La Ley de
Patentes de 1967 y sus modificaciones rigen la mayoría de las
cuestiones relativas a las patentes. También guardan relación directa
con las cuestiones de patentes los reglamentos, como el Reglamento de
Patentes (Prácticas de la Oficina, Reglamento de Procedimiento,
Documentos y Tasas).
La concesión de patentes
En virtud de la legislación Israelí, a fin de ser patentable una
invención debe guardar relación con un producto o procedimiento que
sea nuevo, útil, susceptible de aplicación industrial y posea una
actividad inventiva. De hecho, de conformidad con las modificaciones
del Acuerdo sobre los ADPIC, podrán obtenerse patentes en cualquier
campo de la tecnología siempre y cuando sean susceptibles de
aplicación industrial. Se exige la novedad a escala universal hasta la
fecha de solicitud de la patente (o la fecha de prioridad en virtud
del Convenio). La protección por patente únicamente se otorgará una
vez que la Oficina de Patentes haya examinado la solicitud para
confirmar que la invención satisface los criterios de patentabilidad.
Están excluidos de la patentabilidad los métodos de tratamiento
terapéutico del cuerpo humano, las variedades vegetales y las razas
animales, excepto los organismos microbiológicos que no se deriven de
la naturaleza, y los simples descubrimientos e ideas. En caso de que
la invención sea un procedimiento, la patente se aplicará asimismo al
producto directo del procedimiento. Los resúmenes de solicitudes que
hayan sido aceptadas por la Oficina de Patentes se publican
mensualmente en el Boletín de Patentes y Diseños y toda la solicitud y
el archivo pasan a estar a disposición del público para que los
examine.
Procedimiento de examen modificado
El procedimiento de examen modificado permite el examen abreviado de
la solicitud, cuando una administración de otro país encargada del
examen, como la Oficina Europea de Patentes (OEP) o la Oficina de
Patentes y Marcas de los Estados Unidos, haya aprobado la solicitud
correspondiente. Las solicitudes de patente pueden efectuarse en
Israel por medio del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (el
“PCT”) y la Oficina de Patentes de Israel actúa en calidad de oficina
receptora de solicitudes PCT que tienen su origen en Israel. El PCT es
un mecanismo destinado a simplificar la presentación de solicitudes de
patente en los Estados parte en el Acuerdo. A petición del
solicitante, la administración encargada de la búsqueda en virtud del
PCT emitirá una opinión no vinculante sobre si la invención
reivindicada satisface los criterios de patentabilidad en relación con
la novedad, la actividad inventiva y la utilidad. Estos informes se
enviarán a la Oficina de Patentes de Israel para que determine en
definitiva si la invención reivindicada es de hecho patentable de
conformidad con la legislación de Israel. Las patentes pueden ser
solicitadas por el propietario de la invención o por su causahabiente,
y pueden ser cedidas o ser objeto de acuerdos de concesión de
licencias.
Duración y alcance
Israel fue uno de los primeros países en prever que las patentes se
conceden por una duración de 20 años a partir de la fecha de
presentación. Las patentes de medicamentos, que pierden tiempo en
comercializarse debido a las normas reglamentarias del Ministerio de
Sanidad, pueden prorrogarse por un plazo de hasta cinco años. Las
patentes de adición se conceden para el período restante en la patente
principal y no tienen que añadir una actividad inventiva que vaya más
allá de la actividad inventiva de la patente principal.
Infracción de los derechos de patente
En virtud de la legislación israelí constituye infracción de los
derechos de patente hacer un uso ilícito de la invención o la materia
objeto de la patente o explotar la invención sin el permiso del
titular de la patente, incluido el derecho exclusivo a utilizar,
fabricar, vender u ofrecer en venta la invención amparada por la
patente.
La infracción es evaluada con referencia a las reivindicaciones de la
patente, que se interpretan teniendo en cuenta la descripción que
figura en los fascículos de patente. También puede determinarse que
existe infracción cuando la invención sea explotada de manera similar
a la definida en las reivindicaciones y guarde relación con las
características principales definidas en la reivindicación. A este
respecto, se aplican las doctrinas de los equivalentes o variantes de
la esencia de la invención.
Recursos
La legislación israelí prevé amplios recursos provisionales como los
mandamientos judiciales y recursos definitivos como la compensación
financiera (daños y perjuicios, liquidación de beneficios); entrega de
los productos (en casos excepcionales), el bloqueo cautelar del
patrimonio, las órdenes Anton Piller y el pago de las costas
judiciales. Más adelante se facilita una descripción más detallada de
estos recursos.
3.2 Marcas
En Israel, el registro de una marca respecto de determinados productos
o servicios otorga al titular el derecho exclusivo a impedir que otros
utilicen marcas similares respecto de productos o servicios parecidos.
El registro puede renovarse durante todo el tiempo que se halle en uso
en Israel y mantenga su carácter distintivo. Pueden establecerse
derechos de marca en el Derecho consuetudinario sin necesidad del
registro, simplemente sobre la base del uso, y están protegidos de
conformidad con la normativa relativa a la atribución engañosa
contenida en la Ley de Delitos Comerciales. En general, se aplicarán a
las cuestiones relativas a las marcas la Orden de Marcas (nueva
versión) de 1972 y sus modificaciones, incluidas las modificaciones
exigidas por el Acuerdo sobre los ADPIC. Las marcas no registradas
pueden protegerse en virtud de las disposiciones contra la atribución
engañosa previstas en la Ley de Delitos Comerciales. A continuación
figura un resumen de los aspectos principales de los derechos de
marcas y su protección.
Infracción
En virtud de la legislación israelí se entiende por infracción el uso
no autorizado por una persona:
1) de una marca registrada o de una marca que se parezca a dicha
marca, en relación con productos respecto de los que ha sido
registrada la marca o de productos o servicios de la misma
descripción;
2) de una marca registrada al anunciar productos de la clase respecto
de la que la marca ha sido registrada o respecto de productos o
servicios de la misma descripción;
3) de una marca notoriamente conocida aun cuando no sea una marca
registrada o de una marca similar a ella hasta el punto de inducir a
error respecto de los productos para los que la marca es notoriamente
conocida o respecto de los productos de la misma descripción;
4) de una marca notoriamente conocida que ha sido registrada, o una
marca similar a ella, respecto de productos que no sean de la misma
descripción, siempre y cuando dicho uso pueda indicar que existe un
vínculo entre dichos productos y el titular de la marca y el titular
de la marca registrada pueda resultar perjudicado como consecuencia de
dicho uso.
Recursos civiles
Los recursos civiles previstos en caso de infracción son: a) el
mandato cautelar y el interdicto definitivo; b) la liquidación de
beneficios; c) los daños y perjuicios; d) el pago de las costas; e) la
entrega de los productos (en casos excepciones); f) el bloqueo
cautelar del patrimonio; g) las órdenes Anton Piller.
Más adelante figura una descripción más detallada de estos recursos.
Responsabilidad penal
Además de la responsabilidad civil, las violaciones de marcas pueden
estar sujetas a acciones penales. En virtud de la Orden de Marcas de
Productos, constituye delito, entre otros actos, aplicar falsas
descripciones de marcas (incluida la aplicación falsa de una marca) a
productos. Por otra parte, además de las investigaciones y
procesamientos penales habituales, también puede interponerse una
querella a título particular contra el infractor en los casos
adecuados. En virtud de la Orden de Marcas, la falsificación de marcas
está sancionada con una pena máxima de tres años de prisión y una
multa de hasta 1,5 millones de shekels (aproximadamente 300.000
dólares de los Estados Unidos). Las empresas serán sancionadas con una
multa doble.
Marcas no registradas
Las marcas no registradas están protegidas en virtud de la Ley de
Delitos Comerciales de 1999. También están contemplados los delitos
del ámbito penal en virtud de la Orden de Marcas de Producto de 1929
en circunstancias que den lugar a acciones de atribución engañosa. No
existe un plazo de protección, puesto que la marca no registrada está
protegida mientras el demandante goce de cierta reputación. Entre los
remedios civiles previstos en las acciones de atribución engañosa
figuran los interdictos, los daños y perjuicios, los daños y
perjuicios previstos por ley, la entrega de los productos y el pago de
las costas.
3.3 Diseños
En virtud de la legislación israelí los diseños están registrados y se
rigen por la siguiente normativa: la Orden de Patentes y Diseños
de 1924.
Tras la presentación de una solicitud de registro de diseño, la
Oficina de Patentes la examina para determinar si cumple los
requisitos exigibles. Una vez aceptada la solicitud, se expedirá un
certificado de registro y a partir de esa fecha y mientras el diseño
sea válido, el titular tendrá el derecho exclusivo a impedir en Israel
la oferta en venta de productos que lleven el diseño y que se hallen
dentro del alcance del registro. En virtud de la legislación israelí
la protección de los diseños tiene una duración de hasta 15 años a
partir de la fecha de solicitud del registro.
Infracción
Constituye infracción de los derechos sobre un diseño registrado:
a) aplicar el diseño o cualquier imitación engañosa del mismo a
cualquier artículo incluido en la clase para la cual ha sido
registrado el diseño o contribuir de cualquier manera a la aplicación
de un diseño en la manera mencionada;
b) anunciar artículos u ofrecerlos en venta siendo conscientes de que
un diseño registrado o una imitación del mismo ha sido aplicado a
dichos artículos, tal y como se describe en el apartado a).
Recursos civiles
La legislación israelí prevé los siguientes recursos civiles:
a) los interdictos provisionales e interdictos definitivos; b) los
daños y perjuicios, incluidos los daños y perjuicios establecidos por
ley en determinados casos; c) la liquidación de beneficios; d) la
entrega de los productos; e) el pago de las costas; f) el bloqueo
cautelar del patrimonio; g) las órdenes Anton Piller y el pago de las
costas.
Más adelante se facilita una descripción más detallada de esos
recursos.
3.4 Derecho de autor
La legislación más importante en materia de derecho de autor es la Ley
de Derecho de Autor de 1911, la Orden de Derecho de Autor de 1924 y
sus modificaciones y órdenes. Cabe observar que aunque el marco
legislativo básico sigue siendo el del período del mandato británico,
la legislación ha sido modificada, modernizada y actualizada con
regularidad. Por ejemplo, observamos que se han introducido en la
legislación los derechos morales además de los derechos patrimoniales,
los daños y perjuicios establecidos por ley y la ampliación de las
disposiciones penales. Además, los tribunales israelíes han
interpretado los amplios principios legislativos de manera generosa y
progresiva.
Duración
La protección por derecho de autor comienza generalmente a partir de
la fecha de creación hasta 70 años después de la muerte del creador.
El derecho de autor sobre las grabaciones, cintas magnetofónicas y
otros medios de grabación oral tiene una vigencia de 50 años a partir
de la creación del original. El derecho de autor sobre fotografías y
litografías tiene una vigencia de 50 años a partir de la creación del
primer negativo de la obra. Las obras anónimas y realizadas bajo
seudónimo están protegidas por un período de 70 años a partir de la
fecha de publicación.
Infracción
La infracción del derecho de autor tiene lugar fundamentalmente cuando
una obra protegida o una parte fundamental de dicha obra ha sido
reproducida sin autorización o interpretada o ejecutada públicamente
sin autorización. La prueba general para determinar si la parte de la
obra utilizada es fundamental y, por lo tanto, constituye una
infracción, es de carácter cualitativo en lugar de cuantitativo.
El comercio de copias infractoras, como la importación y la venta, así
como la posesión, también constituye un acto de infracción, siempre y
cuando el demandado sepa o debería saber que se trata de productos
infractores.
Están previstas excepciones para el uso leal, por ejemplo, a los fines
de la investigación, la crítica, etcétera.
Recursos civiles
Están previstos los siguientes recursos civiles:
a) los interdictos provisionales y definitivos; b) la liquidación de
beneficios; c) los daños y perjuicios; d) los daños y perjuicios
establecidos por ley; e) la entrega de los productos;  f) el pago de
las costas;  g) el bloqueo cautelar del patrimonio; h) las órdenes
Anton Piller.
Más adelante figura una descripción más detallada de estos recursos.
Responsabilidad penal
La Ordenanza de Derecho de Autor prevé la responsabilidad penal para
varios delitos en virtud de la legislación cuando estén vinculados a
la infracción voluntaria de los derechos de autor en un contexto
comercial.
Las penas máximas por los delitos de infracción de derecho de autor
son actualmente una pena de prisión de hasta cinco años y una multa de
hasta dos millones de shekels (aproximadamente 400.000 dólares de los
Estados Unidos). Además, en virtud de la Orden se considerará que el
titular del derecho de autor sobre la obra es la persona cuyo nombre
figura como su autor en la forma habitual, salvo que se declare lo
contrario. Asimismo, la Orden estipula que la posesión de una copia
infractora a los fines de su comercialización constituye un delito
penal así como una infracción civil. La pena máxima por infracción se
duplica en el caso de que haya sido cometida por una empresa.
Reformas legislativas propuestas
Entre las principales reformas legislativas en materia de derecho de
autor figura una propuesta de nueva Ley de Derecho de Autor publicada
por el Ministerio de Justicia en noviembre de 2003 para que se
formulen comentarios y una Ley pendiente de aprobación en el
Parlamento para el establecimiento de un tribunal especializado que
tenga competencias para solventar controversias entre consumidores de
productos protegidos por el derecho de autor y las empresas de gestión
colectiva de los derechos. El nuevo tribunal también tendrá
competencias para solventar las controversias que se produzcan entre
las sociedades de recaudación y sus miembros.
3.5 Denominaciones de origen e indicaciones geográficas
Las denominaciones de origen se rigen por ley, es decir, la Ley de
(Protección) de las Denominaciones de Origen e Indicaciones
Geográficas de 1965 y sus revisiones.
Duración
En el caso de las denominaciones de origen israelíes la duración de la
protección es de diez años a partir de la presentación de la
solicitud. Puede renovarse la protección por períodos consecutivos de
diez años, en caso de que el registrador constate que todavía se
utilizan como denominaciones de origen.
En cuanto a las denominaciones de origen de otros países, la validez
del registro expira cuando ha dejado de estar protegido en su país o
región.
Las indicaciones geográficas estarán protegidas contra la apropiación
indebida de conformidad con los principios estipulados en el Acuerdo
sobre los ADPIC.
Infracción
Constituye infracción cualquier uso ilícito de una denominación de
origen aun cuando se indique el origen verdadero junto a la
denominación o cuando esta última vaya acompañada de términos como
“tipo”, “clase”, “imitación”, etcétera. Las normas relativas a la
infracción de las indicaciones geográficas se hallan de conformidad
con los principios establecidos en el Acuerdo sobre los ADPIC.
Recursos civiles
Existen los recursos siguientes:
a) los interdictos; b) los daños y perjuicios; c) el pago de las
costas; d) la entrega de los productos en circunstancias
excepcionales; e) el bloqueo cautelar del patrimonio; f) las órdenes
Anton Piller.
Más adelante figura una descripción más detallada de estos recursos.
Responsabilidad penal
Se considera que el uso ilícito de una denominación de origen es
equivalente a la aplicación de una descripción comercial falsa en
virtud de la Orden de Marcas de Productos.
3.6 Derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes
y de los organismos de radiodifusión
Los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes y de los
organismos de radiodifusión se rigen por ley, a saber, la Ley de los
Derechos de los Artistas Intérpretes y Ejecutantes y de los Organismos
de Radiodifusión de 1984, que ha sido revisada.
Duración
La duración de la protección de las interpretaciones o ejecuciones es
de 50 años contados a partir del final del año en que hayan tenido
lugar. Las emisiones estarán protegidas por un período de 25 años
contados a partir del final del año en que haya tenido lugar la
emisión original.
Infracción
Entre los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes figura el
derecho a autorizar o a impedir lo siguiente: la fijación de sus
interpretaciones o ejecuciones; la venta, alquiler, préstamo,
difusión, importación y posesión con fines comerciales de una fijación
o copia de dicha fijación no autorizada. Los artistas intérpretes y
ejecutantes también tienen derechos morales sobre sus interpretaciones
y ejecuciones. Estos derechos pueden estar sujetos a determinadas
limitaciones, incluidas las prácticas comerciales leales.
Entre los derechos de los organismos de radiodifusión figura el
derecho a impedir la fijación no autorizada de sus emisiones y la
retransmisión de las emisiones o su fijación. Estos derechos pueden
estar sujetos a determinadas limitaciones, incluidas las prácticas
comerciales leales.
Recursos
Todos los recursos civiles previstos en las acciones por infracción de
derecho de autor se aplican mediante referencia a los derechos de los
artistas intérpretes y ejecutantes y a los derechos de los organismos
de radiodifusión.
Responsabilidad penal
La pena por el delito de infracción de los derechos de los artistas
intérpretes y ejecutantes, por ejemplo, la realización con fines
comerciales de una grabación no autorizada (pirata) de una
interpretación o ejecución en directo es de hasta 3 años de prisión y
una multa de 1,5 millones de shekels.
La pena por el delito de infracción de los derechos de los organismos
de radiodifusión, por ejemplo, la realización con fines comerciales de
una grabación no autorizada de una emisión y la comercialización de
una grabación no autorizada es actualmente de hasta 6 meses de prisión
y una multa de 400.000 shekels.
El importe máximo de la multa con que se sancionan las infracciones se
duplica en el caso de los delitos cometidos por empresas.
3.7 Secretos comerciales
Tradicionalmente, en Israel los secretos comerciales y los
conocimientos especializados están protegidos sobre la base de los
principios de obligación contractual y relación fiduciaria y el
derecho común. Desde 1999 la legislación sobre secretos comerciales ha
sido codificada en la Ley de Delitos Comerciales.
Duración
Los secretos comerciales están protegidos durante todo el tiempo que
la información pertinente permanezca en secreto.
Infracción
En virtud de la Ley de Delitos Comerciales, constituye infracción:
a) extraer el secreto por medios ilícitos sin el consentimiento del
titular;
b) utilizar el secreto de manera contraria a las obligaciones
contractuales o fiduciarias;
c) recibir el secreto comercial teniendo conocimiento o motivos para
conocer que ha sido extraído de manera inadecuada.
Recursos civiles
En la Ley de Delitos Comerciales se declara que la infracción del
secreto comercial constituye un delito en virtud de la Orden sobre
Actos Ilícitos Civiles. Es importante reseñar que en el capítulo
relativo a los recursos se contempla una amplia gama de soluciones
jurídicas, como las órdenes e interdictos preliminares y a petición de
parte interesada, así como la compensación monetaria definitiva.
Cabe observar que estos recursos superan a los previstos por el
Acuerdo sobre los ADPIC y otras normas internacionales.
3.8 Topografías de circuitos integrados
Las topografías de circuitos integrados están protegidas en virtud de
la Ley de Protección de los Circuitos Integrados.
Duración
La protección de las topografías es por un período de 10 años a partir
de la primera explotación comercial del circuito integrado en cuestión
o de 15 años a partir de la fecha de la creación de la topografía.
Recursos
En virtud de la Ley de Protección de los Circuitos Integrados, la
infracción de los derechos exclusivos sobre una topografía de
circuitos integrados constituye un delito civil en virtud de la Orden
sobre Actos Ilícitos Civiles de Israel, por lo que cabe interponer
acciones a fin de que se apliquen los recursos civiles adecuados.
3.9 Obtenciones vegetales
Las obtenciones vegetales pueden protegerse de conformidad con la Ley
de Obtenciones Vegetales a reserva de determinados exámenes y
procedimientos de registro. La Ley se basa en la revisión de 1991 de
la Convención Internacional para la Protección de las Obtenciones
Vegetales (UPOV). El Ministerio de Agricultura se encarga del examen y
registro de las obtenciones vegetales. Reúnen los requisitos
necesarios para el registro de los derechos de obtentor las variedades
que sean nuevas, distintas y suficientemente homogéneas y estables en
sus caracteres fundamentales.
En general, el titular de los derechos de obtentor podrá impedir a
otras personas explotar la variedad respecto de la que hayan sido
otorgados los derechos. Entre los recursos civiles figuran los
interdictos, los daños y perjuicios, la entrega del material, los
daños ejemplares y el pago de las costas. La infracción deliberada de
los derechos de obtentor constituye asimismo un delito de orden penal.
4. El sistema judicial y los recursos previstos en los procesos
relativos a la propiedad intelectual

4.1 Introducción
En general, los procesos de tipo civil y penal se ventilan en Israel
en el sistema judicial general. Existen normas detalladas de
procedimiento penal y civil que salvaguardan la integridad del proceso
y los derechos de los litigantes. Los actos procesales penales son
iniciados generalmente por el Estado.
Cabe destacar que los particulares también pueden iniciar acciones
penales en determinados procesos relativos a la propiedad intelectual.
El sistema civil contempla varias opciones para la presentación y
tramitación de demandas y las normas prevén procedimientos como los
trámites anteriores a la causa, promociones de prueba, mandamientos
interlocutorios de desagravio, interdictos, vistas, peticiones,
recursos y otros. La importante jurisprudencia acumulada a lo largo de
los años y las medidas de reparación previstas por los tribunales
sirven igualmente de elementos disuasivos ante las infracciones.
A continuación figura una breve descripción del sistema judicial, en
particular, a lo concerniente a los litigios de propiedad intelectual.
Asimismo, se ofrece una reseña de algunos de los recursos previstos en
los litigios de propiedad intelectual, que han sido mencionados
brevemente en el capítulo anterior. Al final del capítulo se ofrece
una breve descripción de los procesos penales previstos.
4.2 El sistema judicial
El sistema judicial en Israel está compuesto por los tribunales de
magistrados, los tribunales de distrito y el Tribunal Supremo. Los
tribunales de magistrados y los tribunales de distrito pueden ser
tribunales de primera instancia. Generalmente se distinguen entre sí
teniendo en cuenta el valor de la materia objeto de la causa o la
gravedad del delito, y los tribunales de distrito son tribunales de
mayor rango. Estos tribunales también funcionan como tribunales de
recurso de las sentencias dictadas por los tribunales de magistrados,
y existe el derecho automático a recurrir una sentencia de tribunal de
distrito constituido como tribunal de primera instancia ante el
Tribunal Supremo1.
En general, los litigios de propiedad intelectual relacionados con las
patentes y los diseños registrados (por ejemplo, las demandas por
infracción de derechos de patente) son competencia del tribunal de
distrito constituido como tribunal de primera instancia. Los
tribunales de distrito también ven los recursos de las resoluciones
del Registrador de Patentes, Diseños y Marcas2. Los procesos por
infracción en todos los ámbitos de la propiedad intelectual se
iniciarán ante los tribunales de magistrados o ante el tribunal de
distrito en función del valor de las cantidades objeto de
controversia. Los procesos penales se verán generalmente ante los
tribunales de distrito.
Otros tribunales u órganos de recurso también pueden tener
competencias sobre los litigios relacionados con la propiedad
intelectual3.
4.3 Recursos civiles
4.3.1 Vías de satisfacción provisionales
Mandatos cautelares
Los tribunales pueden otorgar interdictos o mandatos cautelares como
vía de satisfacción provisional. Dichos mandatos permanecen en vigor
hasta que el tribunal dicte sentencia definitiva o hasta que decida
anularlos debido a que han cambiado las circunstancias. El mandato
cautelar tiene como objetivo principal mantener la situación hasta que
el tribunal dice sentencia definitiva.
Los mandatos cautelares pueden otorgarse en toda clase de actuaciones
judiciales relacionadas con la propiedad intelectual. A continuación
figuran varias tipos de interdictos que pueden otorgarse en distintos
litigios de propiedad intelectual.
Las órdenes Anton Piller
A petición del demandante, los tribunales israelíes pueden conceder
permiso para introducirse en los locales del demandado y registrar y
confiscar documentos y pruebas. La orden Anton Piller puede basarse en
los poderes intrínsecos del tribunal o en otro tipo más concreto de
poderes y recientemente han sido plasmadas en forma legislativa en la
Ley de Delitos Comerciales y en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Como es de entender, dicha orden únicamente se concede en
circunstancias adecuadas y al solicitarla deben satisfacerse
determinados requisitos formales.
El bloqueo cautelar del patrimonio
El bloqueo cautelar del patrimonio es un mandato cautelar destinado a
congelar los activos del demandado hasta la conclusión de la vista.
Este interdicto tiene por fin garantizar que en caso de que el juicio
se salde a favor del demandante, toda la propiedad que esté dentro de
la jurisdicción permanecerá intacta de manera que el demandante pueda
ejecutar la sentencia. El bloqueo cautelar del patrimonio se introdujo
por primera vez en el sistema jurídico israelí procedente del
correspondiente sistema inglés. Recientemente, ha sido modificada la
Ley de Enjuiciamiento Civil (Reglamento Procesal) de manera que el
tribunal puede prohibir al demandado deshacerse de los activos y
asimismo nombrar un depositario cuyas funciones son, entre otras,
reunir y proteger los activos del demandado.
La solicitud de bloqueo cautelar del patrimonio se presenta de
idéntica manera a la que se utiliza para la solicitud de mandato
cautelar a petición de parte interesada. Normalmente no se lleva a
cabo la vista y la decisión del tribunal se basa únicamente en la
solicitud como tal y en una declaración jurada por escrito. La
decisión judicial se pronuncia habitualmente en un plazo no superior a
uno o dos días a partir de la presentación de la solicitud.
Órdenes de embargo
Un tercer recurso previsto es la orden de embargo. Cuando una demanda
por una cantidad monetaria o por un objeto concreto está respaldada
por documentos o indicios que fundamentan una presunción, el tribunal
puede dictar una orden de embargo provisional de los activos en
posesión del demandado así como de los activos del demandado que se
hallen en posesión de cualquier otra persona, hasta que se dicte la
sentencia definitiva. Se dictará dicha orden cuando el tribunal esté
convencido de que en caso contrario podría menoscabarse la ejecución
de la sentencia. La solicitud de orden de embargo se efectuará por
escrito y se verá habitualmente a petición de parte interesada. No
podrá dictarse ninguna orden de embargo a no ser que el demandante
haya depositado una garantía siguiendo las instrucciones del tribunal,
garantía que normalmente consiste en un compromiso y en una garantía a
terceros, para compensar al demandado por los daños ocasionados por la
orden.
Prohibición de abandonar el país
El derecho procesal civil de Israel prevé la posibilidad de solicitar
una orden de prohibición de abandonar el país en contra de un
demandado. Si puede probarse que el demandado está a punto de
abandonar Israel permanentemente o por un período prolongado y que su
ausencia podría perjudicar a la vista de la causa o a la ejecución de
la sentencia, el tribunal podrá dictar una orden mediante la que se
prohiba al demandado abandonar el país y se le exija la entrega del
pasaporte. Se llevará a cabo la vista entre las partes en relación con
la petición de orden de prohibición de abandonar el país, salvo que
pueda probarse que dicha vista podría ocasionar un daño irreparable.
El demandante deberá depositar una garantía por daños y perjuicios. En
general, cuando el demandado es un nacional de otro país, únicamente
podrá dictarse dicha orden en circunstancias excepcionales (por
ejemplo, en caso de que pretenda sacar sus activos fuera de Israel).
Cabe observar que en caso de que se dicte una orden a petición de
parte interesada, por lo general inmediatamente después de que haya
sido dictada la orden se celebrará una vista en la que se volverá a
examinar dicha orden y en la que el demandado tendrá la oportunidad de
presentar sus argumentos.
Asimismo, cabe mencionar que las autoridades aduaneras tienen una
amplia potestad para tomar medidas inmediatas contra las importaciones
sospechosas de ser mercancías infractoras.
4.3.2 Medidas de reparación definitivas
Compensación financiera
Una parte que declare que ha sido perjudicada por motivo de la
violación de sus derechos de propiedad intelectual puede solicitar a
los tribunales que dicte una sentencia en la que se obligue al
infractor a pagar una compensación financiera. La compensación podrá
establecerse en función de las pérdidas del titular de los derechos
(daños y perjuicios) o de los beneficios del infractor. En el caso de
los daños y perjuicios, la norma básica es que deben situar a la parte
perjudicada, a saber, el titular de los derechos, en la posición en
que se encontraría en caso de que no hubiera tenido lugar la
infracción.
Daños y perjuicios previstos por ley
La legislación también prevé específicamente en algunos casos el
reintegro de los daños y perjuicios estipulados por la ley en lugar de
los daños y perjuicios reales (por ejemplo, con respecto al derecho de
autor). Este tipo de compensación por daños y perjuicios será otorgada
sin que sea necesario probar los daños y perjuicios reales. Por
ejemplo, las empresas que infringen los derechos de los titulares de
programas informáticos durante el curso de sus actividades han sido
declaradas responsables del pago de daños y perjuicios estipulados por
ley respecto de cada programa informático objeto de infracción que
haya sido encontrado en su red. En Microsoft y Autodesk y BAB
Engineering, (agosto de 2002), el tribunal ordenó al demandado y a su
Presidente Ejecutivo que pagaran a los demandantes 180.000 shekels
nuevos por daños y perjuicios estipulados por ley y 30.000 shekels por
la infracción en el uso de 18 programas informáticos que habían sido
utilizados dentro de la empresa del demandado.
Liquidación de beneficios
El demandante también podrá solicitar al tribunal una orden de
liquidación de beneficios. Una vez que haya sido otorgada la orden, el
demandado estará obligado a informar de todas las ventas de los
productos infractores, las retribuciones, los gastos incurridos en la
fabricación y en la comercialización. Un experto contable se encargará
normalmente de certificar este informe.
Orden de entredicho
Si el tribunal falla a favor del demandante, normalmente dictará una
orden de entredicho, un interdicto permanente, prohibiendo al
infractor continuar con las actividades pertinentes. Por norma
general, esta orden seguirá estando en vigor hasta que expiren los
derechos del demandante.
Entrega del material infractor
La entrega del material infractor está prevista en algunos casos de
manera específica por ley (por ejemplo, respecto del derecho de
autor). A este respecto, la Ley de Derecho de Autor estipula
específicamente que todas las copias infractoras de las obras sobre
las que subsista el derecho de autor, así como todas las planchas o
dispositivos utilizados o destinados a ser utilizados para la
producción de dichas copias, se considerarán propiedad del titular del
derecho de autor, quien podrá interponer acciones judiciales para
recuperar su posesión. Es importante señalar que la medida de la
entrega del material infractor existe igualmente con respecto a la
infracción de los derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes4.
Costas judiciales
Además de las medidas mencionadas, el demandante en un litigio
relativo a la propiedad intelectual puede solicitar a los tribunales
el pago de las costas de la actuación judicial. Al dictar una orden de
pago de las costas, el tribunal tiene en cuenta entre otros factores
el valor de la compensación objeto de litigio entre las partes y el
valor de la compensación otorgada al finalizar el pleito. Asimismo, el
tribunal puede tener en cuenta la manera en que las partes tramitan el
pleito. Cuando el tribunal considere que una parte ha prolongado el
pleito de manera innecesaria, podrá imponer a esa parte el pago de las
costas judiciales a la otra parte o a la Hacienda Israelí, o a ambas,
independientemente del resultado de la causa.
4.3.3 Otras medidas de reparación
En general, los tribunales que se ocupan de asuntos civiles tienen la
competencia para dictar sentencias declarativas, órdenes de
prohibición, órdenes de ejecución específica y cualquier otro tipo de
reparación, que consideren adecuados en cada caso. Todas estas medidas
de reparación están contempladas igualmente en los litigios relativos
a la propiedad intelectual.
4.4 Procesos penales
Cualquier persona puede denunciar a la policía o al ministerio público
que se ha cometido un delito. Los actos procesales penales pueden ser
iniciados por el fiscal en nombre del Estado (por ejemplo, en relación
con las falsificaciones incautadas por las autoridades
gubernamentales) o, cuando proceda, por un particular o una empresa
que interponga una querella.
4.4.1 Querellas
Puede presentarse una querella con respecto a determinadas
infracciones de los derechos de autor y de marcas y a los delitos que
entran dentro del ámbito de la Orden de Marcas de Productos. El
querellante desempeñará la función del fiscal en los procedimientos.
En determinados casos, el fiscal del distrito, que recibe una copia de
todas las querellas interpuestas, podrá decidir encargarse del
seguimiento de la causa. El demandante en una querella podrá solicitar
a menudo una orden de registro e incautación. La orden podrá hacer
referencia a artículos infractores, materiales de embalaje, moldes u
otro equipo necesario para la fabricación de los artículos
infractores, documentos y material informático.
4.4.2 Jurisprudencia
Las penas impuestas a partir de 2001 indican que los tribunales
imponen sanciones cada vez más rigurosas y que se toman en cuenta las
alegaciones del ministerio público con respecto a la gravedad de los
delitos por violación de los derechos de propiedad intelectual.
Igualmente, los tribunales han explicado al público en sus sentencias
la gravedad de los delitos contra la propiedad intelectual y las
razones por las que se dictan penas rigurosas en este tipo de delitos2.
El compromiso para con la observancia de los derechos de propiedad
intelectual ha quedado institucionalizado en varias ramas del
gobierno, principalmente en la policía, la Oficina del Fiscal General
y las autoridades aduaneras y fiscales. Además, los asesores jurídicos
especializados en propiedad intelectual facilitan apoyo jurídico a los
demás órganos encargados de velar por la observancia por medio de
opiniones jurídicas, la coordinación de estrategias sobre litigios y
el aporte de soluciones a problemas que surgen periódicamente durante
el curso normal de las actividades de observancia. La observancia es
un proceso a largo plazo, a menudo complicado, pero que se refuerza
constantemente y, en consecuencia, las actividades de piratería en
Israel son cada vez menos rentables. Como cualquier otro tipo de
delito, la piratería no puede ser eliminada por completo, pero la
observancia de los derechos de propiedad intelectual es un proceso
continuado y las declaraciones que efectúan los titulares de los
derechos dejan constancia del impulso que está adquiriendo este
proceso.
Las sanciones por piratería del derecho de autor y falsificación de
marcas son rigurosas y constituyen un elemento disuasivo eficaz ante
las actividades delictivas. La piratería del derecho de autor es
sancionable con una pena de prisión de hasta cinco años y multas de
hasta dos millones de shekels. La falsificación de marcas es
sancionable con una pena de prisión de hasta tres años y multas de
hasta un millón y medio de shekels. Durante los últimos tres años
cerca de diez individuos han sido sancionados con penas de prisión en
Israel por delitos cometidos contra la propiedad intelectual.
La duración de las sentencias con pena de privación de libertad
impuestas hasta la fecha varía desde unos meses hasta los dos años de
prisión y los tribunales están cada vez más dispuestos a imponer penas
más severas. Está previsto que se refuerce esta tendencia cuando los
tribunales comiencen a ver causas judiciales relativas a delitos
contra la propiedad intelectual cometidos con posterioridad a las
recientes modificaciones de las legislaciones de derecho de autor y de
marcas para aumentar las sanciones penales. Estas causas están en
curso de ser tramitadas por el sistema judicial y pronto se ocuparán
de ellas los tribunales.
En algunos casos los tribunales se han mostrado dispuestos a enviar a
prisión a los culpables de actos de piratería, sin que tengan la
posibilidad de salir en libertad bajo fianza. Mediante esta pena de
prisión preventiva que resulta más bien drástica se envía un mensaje
claro y contundente a quienes cometen actos de piratería y a quienes
pueden cometerlos en el futuro. Además, la piratería puede dar lugar
al procesamiento por evasión de impuestos y están previstos recursos
civiles adecuados y efectivos para todos los casos de infracción.
Ejemplos de sentencias condenatorias y penas de prisión:
*
Estado y Gonen Vaknin y Rafi Vaknin (causa 6108/02, Tel Aviv, 5 de
marzo de 2003): Se condenó al acusado Gonen Vaknin, reincidente,
por la fabricación y oferta en venta de varios cientos de CD y
vídeos falsificados. Se condenó al acusado a una pena de prisión
de 24 meses, al pago de una multa de 25.000 shekels y a una
condena suspendida de 12 meses de cárcel. Posteriormente, el
acusado presentó recurso ante el Tribunal de Recurso, pero retiró
su petición antes de la conclusión de la vista. El hermano del
acusado, Rafi Vaknin, que tenía un grado de culpabilidad inferior,
fue condenado a una pena de prisión de nueve meses, además de un
mes de prisión por otro asunto, al pago de una multa de 20.000
shekels y a una condena suspendida de 12 meses de prisión.
*
Estado y Albert Salomon (Tel Aviv, causa 10761/01 y recurso
70787/03, 8 de septiembre de 2003): El acusado presentó recurso
ante el fallo condenatorio por fabricación y venta de
aproximadamente 3.000 CD y DVD falsificados. El tribunal había
sentenciado al acusado a una pena de prisión de 20 meses, al pago
de una multa de 30.000 shekels y a una condena suspendida de 18
meses de prisión. El Tribunal de Recurso confirmó el fallo
condenatorio del Tribunal.
*
Estado y David Zarihan y Nissan Tzror (causa 2086/02, Tel Aviv,
17 de febrero de 2003): Los acusados fueron declarados culpables
de la fabricación, distribución y venta (en parte a agentes de la
policía secreta) de aproximadamente 1.500 CD y DVD falsificados.
El acusado Sr. Zarihan fue condenado a una pena de prisión de 18
meses, seis de los cuales los cumplirá en forma de servicios
comunitarios y a una multa de 30.000 shekels u ocho meses de
prisión. El acusado Sr. Tzror fue condenado a una pena de prisión
de 12 meses, al pago de una multa de 50.000 shekels u ocho meses
de prisión, y a una condena suspendida de 18 meses de prisión.
Actualmente se está viendo el recurso contra estas sentencias
(recurso número 70301/03).
*
Pinkas Ezra y Estado (recurso ante la gravedad de la pena)
(recurso 2605/02, 3 de marzo de 2003): Se ha denegado el recurso y
se ha confirmado la sentencia del tribunal de menor rango. El
acusado había sido condenado a una pena de seis meses de prisión,
al pago de una multa de 250.000 shekels (aproximadamente 57.000
dólares de los Estados Unidos) y a una condena suspendida de 24
meses de prisión tras haber sido hallado culpable de la
fabricación de CD musicales falsificados. El acusado había sido el
principal accionista y administrador de una fábrica de producción
de medios ópticos que había sido contratada por el titular de los
derechos para fabricar CD legítimos. Tras una larga investigación
policial y el proceso judicial, el acusado fue hallado culpable de
haber utilizado las grabaciones originales legítimas para fabricar
3.600 CD falsificados.
*
En Estado y Albert Salomon5 se recurrió la sentencia dictada
contra el acusado por la fabricación y venta de
aproximadamente 3.000 CD y DVD musicales falsificados. El tribunal
había condenado al acusado a una pena de 20 meses de prisión, al
pago de una multa de 30.000 shekels y a una condena suspendida
de 18 meses de prisión. El Tribunal de Recurso confirmó el fallo
condenatorio del Tribunal.
*
En Estado y David Zarihan y Nissan Tzror6, los acusados fueron
condenados por haber fabricado, distribuido y vendido (en parte a
agentes de la policía secreta) aproximadamente 1.500 CD y DVD
falsificados. El acusado Sr. Zarihan fue condenado a una pena
de 18 meses de prisión, seis de los cuales han de ser cumplidos en
servicios comunitarios, y a una multa de 30.000 shekels u ocho
meses de prisión. El acusado Sr. Tzror fue condenado a una pena
de 12 meses de prisión, al pago de una multa de 50.000 shekels u
ocho meses de prisión, y a una condena suspendida de 18 meses de
prisión. Actualmente está en curso la vista del recurso presentado
contra estas sentencias.
Como resulta evidente, recientemente los jueces han dictado un número
relativamente amplio de fallos condenatorios en los que han hecho uso
de distintas penas previstas en la legislación: penas de prisión7,
condenas suspendidas, multas8, compromisos, destrucción y decomiso de
productos infractores. Estas penas fueron impuestas por separado o de
manera acumulada, y el importe de la multa variaba en función de las
circunstancias de cada caso.
*
En Microsoft y Fy‑Dan Computers y Uri Fineman, N.º 10006/97
(24 de febrero de 2002), el acusado fue declarado culpable, en el
contexto de un procedimiento civil y un proceso penal combinados,
de la carga no autorizada de distintas aplicaciones informáticas
en discos duros de computadoras para la venta. El acusado fue
condenado a una condena suspendida de ocho meses de prisión.
En 2002, los tribunales han comenzado a dictar penas de prisión para
reincidentes en causas judiciales relacionadas con los derechos de
propiedad intelectual mientras se celebra el juicio, sin posibilidad
de que sean puestos en libertad bajo fianza (por ejemplo, en las
causas 6108/02 y 7260/02). Con estas penas más bien drásticas se envía
un mensaje inmediato a las personas que están pensando en reincidir en
la comisión de delitos relacionados con la propiedad intelectual.
Si se estudian las sentencias condenatorias por delitos penales
pronunciadas en los últimos años en los tribunales israelíes se
observa claramente que por lo general se han impuesto multas bastante
importantes y penas de prisión y condenas suspendidas. Asimismo, en
casi todas las sentencias dictadas en estas causas, el tribunal ha
recalcado el serio peligro que plantean los delitos contra la
propiedad intelectual, los perjuicios económicos y de otro tipo que
acarrean dichas actividades a las industrias nacionales de la
propiedad intelectual y a la imagen de Israel en el mundo, y la
función importante que pueden desempeñar los tribunales en la lucha
contra este fenómeno imponiendo penas que tengan un efecto
verdaderamente disuasivo.
No ha sido fácil la toma de conciencia de los jueces israelíes a este
respecto. Está claro que ha sido consecuencia de haber llevado los
litigios adecuados ante los tribunales, así como de los alegatos
exhaustivos y profesionales presentados por fiscales especialmente
formados en ese ámbito y los esfuerzos realizados por los jueces
mismos que se han mostrado dispuestos a familiarizarse con ese tipo de
procesos.
Sección II: Observancia

5. Observancia

5.1 Introducción
El Gobierno de Israel se compromete a facilitar a los titulares de
derechos de propiedad intelectual los medios adecuados y efectivos
para la observancia de sus derechos. Además de los recursos previstos
en la esfera de lo civil, la legislación contempla igualmente recursos
penales concretos. La observancia efectiva de los derechos de
propiedad intelectual es un objetivo prioritario para el Gobierno de
Israel. En calidad de importante productor de propiedad intelectual,
Israel tiene gran interés por avanzar y garantizar la observancia
efectiva de los derechos de propiedad intelectual.
Recientemente se han efectuado importantes inversiones en
infraestructura en ese ámbito y se están efectuando nuevas inversiones
a pesar de los recientes recortes presupuestarios y asignación de
recursos limitados a otras necesidades esenciales. Estas inversiones
se han materializado en un aumento significativo de las iniciativas
dedicadas a la observancia. En consecuencia, ya se han obtenido
resultados positivos en este ámbito y está previsto obtener resultados
aún mejores una vez que se consoliden los obtenidos hasta la fecha.
Estas iniciativas en materia de infraestructura se combinan con un
marco concertado de política global. Los organismos gubernamentales,
como por ejemplo el Fiscal General y la Oficina del Fiscal del Estado
en el Ministerio de Justicia, las unidades policiales dedicadas
enteramente a la persecución de los delitos contra la propiedad
intelectual, las autoridades aduaneras y fiscales, el Ministerio de
Finanzas, el Director de la Oficina de Protección al Consumidor, han
combinado sus esfuerzos para cooperar de manera concertada y
coordinada a fin de combatir las violaciones de derechos de propiedad
intelectual.
Ha sido creado un comité ministerial especial presidido por el
Ministerio de Justicia para que se ocupe expresamente de la cuestión
de la observancia de los derechos de propiedad intelectual. Entre sus
miembros figuran el Ministro de Justicia, el Ministerio de Finanzas,
el Ministro de Industria y Comercio y el Ministro del Interior, el
Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio de la Ciencia, el
Ministerio de Inmigración y el Ministerio de Turismo.
Los programas concebidos para fomentar la toma de conciencia respecto
de la propiedad intelectual entre el ministerio fiscal, los
departamentos gubernamentales y el público también efectúan
importantes contribuciones para establecer un entorno en el que pueda
llevarse a cabo una observancia eficaz de los derechos de propiedad
intelectual. A continuación figura una descripción más detallada de
las actividades de observancia que han sido emprendidas o que están en
curso de serlo por los distintos ministerios y organismos públicos.
5.2 Actividades de observancia
5.2.1 El Ministerio de Justicia
*
El seguimiento de causas relacionadas con la propiedad intelectual
está sometido a la supervisión directa de los fiscales del
distrito y del director de la División de Delitos Económicos de la
Oficina del Fiscal del Estado. El Departamento Económico de la
Oficina del Fiscal del Estado es un organismo que consolida la
información y los conocimientos especializados en el ámbito de la
propiedad intelectual y sirve de conexión entre los distintos
organismos encargados de los procesamientos.
*
Se ha hecho hincapié en dar prioridad a las causas de mayor
relevancia, las causas que sientan precedentes y las acciones
contra los infractores reincidentes, todo ello como parte de los
esfuerzos por disuadir a los infractores de cometer futuros actos
de infracción.
*
El Ministerio de Justicia toma parte en actividades a nivel
ministerial destinadas a fomentar la observancia eficaz de la
legislación en materia de propiedad intelectual.
*
Los Departamentos de legislación y consejería jurídica del
Ministerio otorgan prioridad al desarrollo de nueva legislación en
este ámbito, prestando una atención especial a las disposiciones
sobre observancia, la modificación de la legislación vigente y el
suministro de opinión jurídica a entidades públicas y
gubernamentales sobre cualquier caso que surja en las oficinas
gubernamentales y que plantee cuestiones de propiedad intelectual.
*
El Fiscal General ha publicado directrices y directivas dirigidas
a todas las oficinas gubernamentales, instándolas a que examinen
todas las clases de propiedad intelectual que se utilizan en la
administración pública para ver si se producen infracciones;
garantizar que todos los proveedores pertinentes del gobierno
estén obligados a suministrar productos y servicios que no
infrinjan los derechos de propiedad intelectual, así como instar a
todos los organismos gubernamentales a que soliciten asesoramiento
del Ministerio de Justicia respecto de todas las cuestiones
jurídicas pertinentes.
*
El Gobierno de Israel ha aplicado una política clara de protección
de los derechos de propiedad intelectual contra su uso no
autorizado en el ámbito de la radiodifusión y las comunicaciones.
De este modo, en los acuerdos de licencia suscritos en estos
ámbitos figura un firme compromiso del licenciatario a fin de
respetar los derechos de propiedad intelectual y de no emitir
material protegido sin el consentimiento adecuado del titular de
los derechos.
*
El Ministerio otorga especial importancia a fomentar la
sensibilidad pública y de los profesionales respecto de los
derechos de propiedad intelectual y sus violaciones.
*
El Ministerio ha emprendido una importante reorganización y
modernización del Departamento de Registro de Patentes, Marcas y
Diseños.
*
La Comisión Económica del Parlamento Israelí se halla examinando
un proyecto de ley presentado por el consejero jurídico y el
departamento de legislación del Ministerio, a fin de autorizar al
Tribunal de Distrito a ver causas relacionadas con el pago de
regalías. Aunque estas deliberaciones guardan relación con asuntos
civiles, cabe imaginar que también fomentarán la toma de
conciencia sobre la cuestión de la propiedad intelectual y la
necesidad de que existan procedimientos más adecuados para hacer
valer el derecho a las regalías por emisiones públicas.
5.2.2 Las unidades especiales de la Policía que se ocupan de la
observancia de los derechos de propiedad intelectual
*
En todos los niveles del escalafón de la Policía se ha hecho
hincapié en la cuestión de la persecución de los delitos de
propiedad intelectual, tanto en lo que respecta a la
sensibilización como a la prioridad que se le otorga. En el pasado
el cuerpo de policía general era responsable, entre otros deberes,
de perseguir a quienes violaban los derechos de propiedad
intelectual y todavía sigue manteniendo esa responsabilidad. No
obstante, ha sido creada una unidad especial dedicada a los
delitos de propiedad intelectual íntegramente dedicada a perseguir
las actividades delictivas en esta esfera. Las unidades policiales
establecidas para ocuparse específicamente de los delitos de
propiedad intelectual se dividen en varias unidades regionales y
una unidad nacional. Las unidades regionales son responsables de
llevar a cabo las investigaciones y redadas en sus regiones
geográficas, mientras que la unidad nacional es responsable de la
coordinación de las investigaciones entre las unidades regionales,
el asesoramiento jurídico y las informaciones que se recaban a lo
largo y ancho del país.
*
Con la creación de la nueva unidad han aumentado
significativamente las actividades policiales en esta esfera, y
han tenido lugar numerosas redadas y procesamientos. A
continuación figuran algunos ejemplos de decomisos y detenciones
policiales:
– 2 de enero de2003: redada en una instalación de producción y
productos piratas en Rishon Letzion. Se produjo una detención y se
confiscaron siete máquinas copiadoras, 954 CD y material de embalaje.
– 5 de enero de 2003: descubrimiento de unas instalaciones de
fabricación de productos piratas en Eilat. Se produjo una detención y
se confiscaron siete máquinas copiadoras, 3.000 CD, una impresora y
material de embalaje.
– 6 de enero de 2003: redada en unas instalaciones de fabricación de
productos piratas en Tel Aviv. Se produjo una detención y se
confiscaron cuatro máquinas copiadoras, cada una con 24 estaciones de
trabajo, 50 películas en DVD, 800 CD que contenían programas
informáticos y juegos de computadora, 350 CD musicales, 2.000 CD
vírgenes y material de embalaje.
– 5 de febrero de 2003: descubrimiento de unas instalaciones de
fabricación de productos piratas en A–Ram (cerca de Jerusalén). Fueron
detenidas tres personas y se incautaron 26 grabadoras de vídeo,
100.000 envoltorios falsificados, 200 vídeos originales, 1.300 vídeos
falsificados y 1.000 cintas de vídeo vírgenes.
– 13 de febrero de 2003: tras el registro de unos locales en Bat Yam,
la policía descubrió una instalación de fabricación de productos
piratas. Se detuvo a cinco personas y se incautó una máquina
copiadora, una impresora, 608 CD musicales y gran cantidad de material
de embalaje.
– 19 de febrero de 2003: descubrimiento y consiguiente redada en unas
instalaciones de fabricación de productos piratas en Holon. Se detuvo
a una persona y se incautó una máquina copiadora de varias cabezas,
una impresora, una computadora, una fotocopiadora, 967 CD musicales,
566 películas en DVD y gran cantidad de material de embalaje.
– 23 de febrero de 2003: redada en unas instalaciones de producción de
productos piratas en Rishon Letzion. Se detuvo a una persona y se
incautó una computadora, 5.000 CD musicales y numerosos programas y
juegos informáticos falsificados, la mayoría de los cuales estaban
destinados al público de habla rusa. La persona detenida ofreció
información sobre otra instalación de fabricación de productos piratas
en Petach Tikva que dio lugar a una redada en dichas instalaciones y a
la detención de otra persona.
– 4 de marzo de 2003: redada en unas instalaciones de Tel Aviv. Se
detuvo a dos personas y se incautó seis máquinas reproductoras de
vídeo, 314 cintas de vídeo. Esta redada dio lugar a la redada de una
tienda perteneciente a los detenidos y a la incautación de 431 vídeo
casetes, 54 películas en DVD dobladas al ruso y otro tipo de material
de producción y embalaje.
– 16 de abril de 2003: descubrimiento y redada en unas instalaciones
de fabricación de productos piratas en Netanya. Se detuvo a una
persona y se incautó 15 máquinas copiadoras, seis computadoras, 1.000
CD musicales y grandes cantidades de material de embalaje.
– 2 de junio de 2003: redada en unas instalaciones de reprografía en
Bat Yam. Se detuvo a dos personas y se incautó grandes cantidades de
insignias y marcas de los dibujos animados “Looney Tunes”.
– 20 de julio de 2003: descubrimiento de un camión aparcado en Kifar
Mordecai, y posterior redada. Se detuvo a dos personas y se incautó
cientos de envases vacíos de pasta de dientes “Colgate”.
– 18 de agosto de 2003: redada en unas instalaciones de impresión de
Jerusalén oriental. Se detuvo a dos personas y se incautó 1.000 moldes
para la impresión de libros de texto piratas en inglés y árabe;
material de embalaje y cintas de vídeo.
– 3 de septiembre de 2003: registro de un apartamento en Bat Yam que
había sido utilizado para la fabricación de bebidas alcohólicas
falsificadas. Se detuvo a una persona y se incautó 1.398 botellas
destinadas a la venta falsificada de bebidas alcohólicas de marca, así
como material de fabricación.
Cabe observar que las incautaciones hacen referencia a productos
supuestamente falsificados. Todavía tiene que probarse en los procesos
judiciales la existencia del acto de falsificación por medio de
peritos y el uso de los artículos requisados como pruebas.
5.2.3 La Administración de Aduanas
*
Las autoridades aduaneras prestan una atención especial a las
violaciones de derechos de propiedad intelectual y han elevado el
nivel de actividad para combatir las infracciones de derechos de
propiedad intelectual. Esta política incluye el examen más activo
y regular de productos importados a fin de determinar si existen
posibles infracciones, el fomento de la cooperación con las partes
cuyos derechos han sido supuestamente infringidos, la creación de
bases de datos computerizadas y sofisticadas, y los programas de
formación en cooperación con países como los Estados Unidos.
*
Las autoridades aduaneras, en coordinación con los titulares de
los derechos y el ministerio fiscal, desempeñan una función
esencial y activa en la observancia de los derechos de propiedad
intelectual por medio del control de las mercancías que se
introducen en Israel. Las mercancías sospechosas de violar los
derechos de autor y de marca quedan retenidas y se notifica de
ello a los titulares pertinentes. Éstos tienen la posibilidad de
inspeccionar las mercancías sospechosas antes de que sean
libradas, y cuando se inicia una actuación judicial dichas
mercancías permanecen retenidas hasta el final de los
procedimientos.
*
Se ha otorgado a los asesores jurídicos de la Administración de
Aduanas que se encargan de la acusación en las causas por delitos
aduaneros la facultad de procesar a los infractores por delitos
contra la legislación de propiedad intelectual en lugar de la
legislación aduanera en general.
5.3 Cooperación entre los departamentos de seguridad del Estado
Los recursos públicos disponibles para la observancia de la
legislación de propiedad intelectual únicamente pueden satisfacer una
cantidad limitada de actividades relativas a la observancia. Por lo
tanto, es esencial coordinar los recursos disponibles para los
distintos departamentos de seguridad del Estado. Por este motivo, se
ha hecho especial hincapié en la cooperación entre los distintos
departamentos de seguridad para utilizar eficazmente la información
acumulada sobre los conocimientos especializados y los recursos
disponibles para cada departamento en materia de observancia.
5.3.1 Creación del Foro para la Observancia – propiedad intelectual
Se ha creado un foro especial con el fin de coordinar la observancia
de la legislación de propiedad intelectual (denominado en adelante el
“Foro para la Observancia”), bajo el control y dirección del Director
del Departamento de Economía de la Oficina del Fiscal del Estado.
Se trata de un foro limitado a las entidades que se ocupan de esta
esfera en la que existe un representante de cada uno de los
departamentos centrales de observancia, a saber, la Policía, la
Oficina del Fiscal del Estado y las autoridades fiscales, el Consejero
Jurídico y el Departamento de Legislación.
Entre las funciones del Foro figura coordinar la observancia de la
legislación en materia de propiedad intelectual entre los
departamentos de la seguridad del Estado, establecer la política
general en el ámbito de la observancia, examinar los contactos con los
titulares de los derechos, determinar los métodos de transferencia de
información entre los distintos organismos encargados de la
observancia, formular normas que rigen la pertinencia y admisibilidad
de las pruebas a la hora de dictar los actos de procesamiento,
deliberar sobre las directivas formuladas en distintos organismos
dedicados a la observancia, y formular procedimientos de cooperación
entre dichos organismos.
A lo largo de los años el Foro ha celebrado reuniones periódicas de
manera habitual. Se presentan al Foro informes sobre las actividades
de cada organismo encargado de la observancia de la propiedad
intelectual. Igualmente, se mantienen debates sobre la información
recibida en las distintas autoridades y sobre los problemas que
encuentra cada entidad. El Foro también examina la política vigente en
materia de observancia y los métodos de trabajo habituales.
5.3.2 Asesoramiento jurídico habitual
El Departamento Económico de la Oficina del Fiscal del Estado
proporciona asesoramiento y aconseja a los departamentos de la
seguridad del Estado encargados de la observancia de los derechos de
propiedad intelectual. Representantes de las distintas autoridades
transmiten la información que se halla en su posesión al Departamento
Económico, que decide sobre los métodos de recopilación de pruebas que
serán admitidos por el Tribunal, facilita su opinión sobre la
conveniencia de que se celebre un proceso penal o civil, y presta
asistencia en la coordinación con otros departamentos de la seguridad
del estado.
Además, el Consejero Jurídico y el Departamento de Legislación del
Ministerio de Justicia sirven de referencia para las consultas de los
distintos departamentos de la seguridad del Estado en relación con
diversas cuestiones del orden del día relacionadas con la legislación
de propiedad intelectual.
5.3.3 Recopilación y acceso a la información
La Policía mantiene una base de datos sobre derechos de propiedad
intelectual. Las autoridades aduaneras y fiscales y el Departamento de
Policía tienen un permiso especial para intercambiar información.
Además, se ha promulgado una nueva legislación que contempla penas
mucho más rigurosas para los delitos contra la propiedad intelectual y
hace que la presentación de pruebas sea más fácil para los titulares
de derechos.
Por ejemplo, en un caso reciente las autoridades aduaneras
interceptaron un cargamento de miles de zapatos y lo notificaron
inmediatamente al correspondiente titular de la marca, indicando que
el cargamento quedaría retenido durante un breve período de tiempo en
el cual el titular de los derechos podría verificar si las mercancías
eran de hecho infractoras. En este caso, las mercancías resultaron ser
falsificadas y posteriormente se emprendieron acciones penales por
violación de los reglamentos aduaneros y falsificación de marca.
5.4 Contactos con los titulares de los derechos
Debe prestarse una atención especial a la función que tienen que
desempeñar los titulares de derechos en la persecución de las
violaciones de derechos de propiedad intelectual. Las mercancías
falsificadas, como los billetes de banco falsificados, a menudo pasan
desapercibidas para el ojo inexperto. Con frecuencia, los productos
genuinos contienen señales escondidas que únicamente conoce el
personal encargado de la seguridad de los titulares de los derechos.
En los procesos judiciales, el ministerio fiscal debe probar fuera de
toda duda que los artículos supuestamente falsificados son de hecho
falsificaciones. A menudo esto conlleva una enorme labor y no puede
realizarse sin el testimonio pericial de los titulares de los
derechos. A veces esta situación se complica debido al hecho de que
los contenedores de mercancías incautadas contienen con frecuencia
mercancías genuinas y falsificadas mezcladas entre sí.
Probar la titularidad de los derechos de propiedad intelectual es a
menudo una tarea compleja, especialmente cuando los antecedentes de
título han sido cedidos o transferidos en licencia varias veces. De
ahí que para probar la infracción y la titularidad de los derechos de
propiedad intelectual con frecuencia sea necesario que el personal de
los servicios de seguridad y los funcionarios de las empresas
titulares de los derechos vengan a Israel a examinar el material
incautado, probar la titularidad de los derechos y testificar ante el
tribunal. A menudo estos procedimientos llevan un tiempo considerable
y las causas no pueden verse ante los tribunales antes de que queden
establecidas las bases probatorias razonables. Cuando los titulares de
derechos optan por no proporcionar esas informaciones o cuando la
labor de investigación inexacta de los testigos periciales (por
ejemplo, el no haber registrado todos los aspectos de sus
investigaciones u otros errores sustantivos/de procedimiento) hace que
su testimonio sea objeto de recusación en el contrainterrogatorio, se
reducen considerablemente las posibilidades de lograr una sentencia
condenatoria e incluso puede que se produzca la devolución de los
bienes incautados en caso de que se retire la acusación.
A veces, los titulares de derechos no desean invertir esfuerzos en la
acusación, quizás porque no desean llamar a la atención del público el
hecho de que sus productos están siendo falsificados o porque no les
resultan rentables los procesos de menor entidad. En otras ocasiones
los titulares del derecho están interesados en promover la acción
policial inicialmente a fin de aprovecharla para obtener un acuerdo
extrajudicial, pero posteriormente pierden todo interés por las
acciones penales paralelas. Incluso cuando los titulares de derechos
toman parte activa en el suministro de pruebas que certifiquen que los
artículos incautados han sido falsificados, a menudo les lleva mucho
tiempo completar ese proceso. Los procesamientos no pueden avanzar
hasta que hayan sido completados esos exámenes. Además, a medida que
abogados defensores más capacitados comienzan a desarrollar su
actividad en el ámbito de la propiedad intelectual, resulta cada vez
más esencial presentar pruebas fiables para obtener sentencias
condenatorias en los enjuiciamientos por delitos contra los derechos
de propiedad intelectual. En consecuencia, el examen de mercancías
incautadas y la preparación del testimonio pericial deben realizarse
de manera formal y metódica a fin de que dichas pruebas no puedan
recusarse en el contrainterrogatorio durante el juicio.
En el último año ha mejorado la cooperación ofrecida por los titulares
de derechos y el Gobierno de Israel es partidario de que ésta se siga
produciendo e incrementando. No obstante, en varios casos los
titulares de derechos no siempre han estado dispuestos a proporcionar
testimonio pericial fiable de manera puntual, o no han podido
facilitarlo, en cuyo caso se retrasará inevitablemente el
procesamiento, o incluso correrá el riesgo de quedar suspendido.
En esta esfera existen varios problemas. Algunos de ellos se derivan
del hecho de que los organismos representantes de los titulares de los
derechos no están preparados para ese grado de actividad tan elevada
por parte de las fuerzas de seguridad del estado. Cuando no pueden
dictarse actos de procesamiento porque el titular del derecho no ha
identificado el objeto sobre el que se ha cometido supuestamente la
infracción, es posible que las entidades encargadas de la observancia
de los derechos de propiedad intelectual pierdan cierta motivación a
la hora de llevar a cabo su labor.
Así pues, por ejemplo, en un caso en que la Oficina del Fiscal del
Estado no pudo recopilar suficientes pruebas para dictar un acto de
procesamiento, presentó una petición para impedir la devolución de las
mercancías infractoras al sospechoso. Con tal fin, la Oficina del
Fiscal del Estado presentó una solicitud al Tribunal junto con dos
opiniones de expertos de otros países en nombre del demandante. A
pesar de que se establecieron tres pistas ante el tribunal, por
ciertos motivos los expertos en nombre del demandante no se
presentaron ante el tribunal para ser interrogados. No es necesario
decir que esta situación pone en entredicho la actuación de la Oficina
del Fiscal del Estado y supone un desprecio de las actuaciones de las
fuerzas de seguridad del Estado y del procedimiento judicial en sí.
Parece que otra de las razones de la falta de cooperación por parte de
los titulares de los derechos se debe a intereses comerciales. Los
titulares de los derechos no ejercen la acusación y no cooperan por
miedo a que la información divulgada sobre los productos falsificados
pueda perjudicar a los productos originales.
Otro problema al que se han enfrentado las fuerzas de seguridad del
estado en este ámbito es que en la mayoría de los incidentes el
titular del derecho ha perdido el interés por cooperar una vez que las
autoridades se han incautado de las mercancías infractoras.
Sección III: ProgramaS de Sensibilización Pública

6. Programas de sensibilización pública

6.1 Introducción
La observancia eficaz de los derechos de propiedad intelectual exige
en primer lugar la toma de conciencia de la policía, los funcionarios
de aduanas y los fiscales del estado acerca del alcance y la
naturaleza de esos derechos. Mientras que la mayoría de las personas
conocen el alcance y la naturaleza de los derechos aplicables en el
ámbito de la propiedad mobiliaria e inmobiliaria, resulta más
complicado comprender y respetar la propiedad intangible. A fin de
solucionar dichos problemas y en aras de generar una observancia más
eficaz de los derechos de propiedad intelectual, el Gobierno de Israel
se esfuerza por fomentar entre el público y los organismos
correspondientes encargados del cumplimiento de la ley el conocimiento
de los principios de los derechos de propiedad intelectual.
6.2 Programas de formación jurídica continuada para jueces
Los programas de formación jurídica continuada para jueces en el
ámbito de la propiedad intelectual forman parte de la serie de
programas internos del poder judicial y permiten la participación de
los jueces en programas anuales especializados.
6.3 Programas de formación
*
Funcionarios de organismos gubernamentales que ocupan puestos
esenciales en actividades de observancia de la propiedad
intelectual, como la policía, las autoridades aduaneras, los
fiscales, los jueces y el Comisionado de Patentes, son enviados a
tomar parte en programas de formación en Israel y en otros países
para conocer medios más eficaces y prácticos de garantizar la
observancia de los derechos de propiedad intelectual.
6.4 Directrices gubernamentales para el uso adecuado de programas
informáticos
*
El Gobierno y los titulares de derechos sobre programas
informáticos han suscrito acuerdos de licencia generales. Además,
el Fiscal General y el Controlador General han promulgado y
distribuido directrices oficiales en las que se informa e instruye
a los empleados gubernamentales acerca del uso legal de esos
programas informáticos.
*
El Fiscal General ha enviado una directiva a los asesores
jurídicos de todas las oficinas gubernamentales obligándoles a
detectar posibles problemas que afecten a los derechos de
propiedad intelectual, a fin de que soliciten asesoramiento
jurídico de los juristas del Ministerio de Justicia especializados
en propiedad intelectual antes de tomar ninguna medida que pueda
tener repercusiones en ese ámbito, y esforzarse, en la medida de
lo posible, por fortalecer la observancia de los derechos de
propiedad intelectual en Israel. En el preámbulo de la directiva
se hace hincapié en la importancia de la observancia de esos
derechos.
*
Las Fuerzas Armadas de Israel han publicado una directiva oficial
en la que se prohibe estrictamente el uso de programas
informáticos que no hayan sido distribuidos de manera oficial por
el Ejército.
6.5 Seminarios
*
El Ministerio de Justicia desempeña una función destacada al
organizar seminarios de formación jurídica continuada para los
fiscales, la policía, los agentes de aduanas y los asesores
jurídicos gubernamentales. El poder judicial también se ocupa de
organizar programas de formación jurídica continuada que tratan
específicamente de los derechos de propiedad intelectual. A
continuación figuran algunos ejemplos de recientes seminarios:
*
A lo largo del año han tenido lugar varios cursos de estudio
avanzado en los que han participado los distintos departamentos de
la seguridad del Estado, según procedía. Se presentó al Foro para
la Observancia un informe sobre los cursos de estudio avanzado en
las distintas unidades de manera que pueda coordinar y utilizar
los estudios avanzados para tantos organismos como sea posible.
*
En el Cuerpo de Policía han tenido lugar varios cursos de estudio
avanzado y seminarios de un día de duración sobre la legislación
en materia de propiedad intelectual, en los que se ha prestado una
atención especial a las características singulares de esa
legislación y a los elementos y pruebas necesarios para dictar
actos de procesamiento. Se han llevado actividades de formación,
entre otros, en cinco departamentos encargados de la acusación,
tres seminarios de un día de duración destinados a investigadores
y personal de patrulla y dos cursos de estudio avanzado de cinco
días de duración en los que participaron investigadores y fiscales
de todo el país (25 personas en cada curso).
*
Igualmente, se han impartido clases dentro de los cursos
destinados a investigadores, fiscales y funcionarios de los
departamentos de seguridad del Estado. Se han impartido varias
clases a investigadores en los distritos central y de Jerusalén,
así como numerosas clases y conferencias en distintos lugares,
como el Colegio de Funcionarios Superiores, Coordinadores de
Información y Supervisores Juveniles.
*
En el Departamento de Aduanas se celebró un curso de estudio
avanzado de dos días sobre la legislación de propiedad intelectual
destinado a los juristas del Departamento de Aduanas y del IVA.
*
Además de la formación habitual impartida en el Ministerio de
Justicia, el Instituto de Estudios Avanzados para juristas y
asesores jurídicos públicos organizó un curso de estudio avanzado
sobre propiedad intelectual en enero y otro curso del mismo tipo a
lo largo del año. Muchos abogados han tomado parte en estos cursos
que están destinados, entre otros objetivos, a fomentar la toma de
conciencia respecto de la propiedad intelectual en general.
*
A lo largo del año tuvo lugar un curso integrado de
investigaciones sobre los aspectos económicos de la observancia en
el que se examinaron varias cuestiones de observancia en distintas
esferas de la economía. Dentro de este curso también se examinó la
observancia de los derechos de propiedad intelectual. Tomaron
parte en el curso representantes de distintos organismos que se
encargan de los aspectos económicos de la observancia, como la
Administración del Mercado de Valores, la Administración de
Prácticas Comerciales Restrictivas y el Departamento de
Investigaciones del Administrador Judicial. Se trata del primero
de una serie de cursos previstos y cabe señalar su importancia por
la cooperación cada vez mayor existente entre los distintos
organismos encargados de la observancia en la esfera de la
propiedad intelectual.
*
Miembros de las unidades policiales de propiedad intelectual,
junto con el ministerio fiscal, participaron en un seminario de
una semana sobre la observancia de los derechos de propiedad
intelectual y su aplicación en el ámbito penal. Asimismo, se
ofrecieron seminarios diarios con carácter habitual, y la policía
y los titulares de derechos se reunieron cada cierto tiempo para
fomentar la comunicación y la cooperación mutuas.
*
Juristas del Ministerio de Justicia especializados en propiedad
intelectual invitaron recientemente a los departamentos jurídicos
de todos los ministerios gubernamentales a asistir a un seminario
sobre propiedad intelectual cuyo objetivo era facilitarles
conocimientos básicos en ese ámbito.
*
Asesores jurídicos del Ministerio de Justicia especializados en
propiedad intelectual pronunciaron conferencias ante grupos de
asociaciones de abogados y otras organizaciones profesionales y
cívicas.
Conclusiones

Desde el principio Israel se ha comprometido a establecer un sólido
régimen de propiedad intelectual. A medida que la propiedad
intelectual ha evolucionado y se ha convertido en un ámbito cada vez
más complejo, también lo han hecho las leyes y la jurisprudencia
israelíes para satisfacer las necesidades planteadas por esos cambios.
Los amplios recursos civiles previstos en las leyes y reglamentos de
Israel proporcionan importantes medidas de reparación para los
afectados. Las penas severas contempladas en el caso de los delitos
penales pueden servir de elemento disuasivo para los delincuentes. De
este modo, los titulares de derechos han podido recurrir a la
legislación progresiva y a interpretaciones judiciales esclarecedoras
de las leyes parlamentarias.
No obstante, como en la mayoría de los países del mundo, ese tipo de
legislación no ha sido suficiente como elemento de disuasión. La
epidemia mundial del fraude y piratería de los derechos de propiedad
intelectual ha afectado igualmente a Israel, y son necesarias nuevas
medidas de observancia más eficaces.
El Gobierno de Israel está muy preocupado por las actividades
delictivas en este ámbito tanto a escala nacional como internacional.
En el ámbito internacional, el Gobierno de Israel se ha adherido a las
iniciativas de otros estados por medio de la cooperación mutua y a los
convenios internacionales. A escala nacional, ha puesto en marcha un
programa de observancia pluridisciplinar a fin de fomentar la
observancia en el ámbito penal y la toma de conciencia del público.
Este programa combina los esfuerzos del Ministerio de Justicia, las
unidades policiales, el Ministerio de Industria y Comercio, la
Administración de Aduanas, el Ministerio de Finanzas, el Director de
la Oficina de Protección al Consumidor, el Ministerio de Educación y
otros para combatir conjuntamente las violaciones de derechos de
propiedad intelectual.
Como es bien sabido gracias a la experiencia de otros países, esta
batalla no puede ganarse en un día. Aunque ya son evidentes los
resultados del nuevo programa, incluso con la mejor de las intenciones
es poco probable que puedan controlarse en breve ese tipo de
actividades delictivas organizadas y complejas. La situación se
complica aún más por el hecho de que la piratería de la propiedad
intelectual no se limita a los ámbitos geográficos que se hallan bajo
el control de los departamentos de la seguridad nacional del Estado.
A pesar de todo, Israel confía en que los esfuerzos coordinados de
todas las autoridades pertinentes, la amplia campaña de fomento de la
sensibilización pública y la creación de la unidad policial especial
para los delitos relacionados con la propiedad intelectual tendrán una
importante repercusión en las actividades delictivas que se cometen en
ese ámbito.
[Fin del Anexo y del documento]
1 El recurso ante el Tribunal Supremo de una sentencia de tribunal de
distrito cuando el tribunal de distrito se constituyó como tribunal de
recurso de una sentencia de los tribunales de magistrados se hace con
la venia del tribunal.
2 El Registrador de Patentes tiene entre otras funciones la de
tribunal de primera instancia para asuntos de registro, como las
oposiciones, los procedimientos de revocación y rectificación (y la
solicitud de licencias obligatorias respecto de las patentes) en
relación con las patentes, los diseños registrados, las marcas y las
denominaciones de origen.
3 Por ejemplo, el Comité de compensación y regalías decide en virtud
de la Ley de Patentes de 1967 la remuneración adecuada en los casos de
invenciones realizadas en el marco de un contrato o en los casos de
uso de la invención en interés del estado, etc. (Estas decisiones
también pueden ser objeto de recurso ante los tribunales).
4 Aunque no está contemplado específicamente por la ley, este recurso
también está previsto probablemente con respecto a las marcas y, en
casos excepcionales, a las patentes.
2 Véase el proceso penal (Rechovot) 1679/99 Estado de Israel y Edri
David (sin publicar). El Tribunal del Distrito de Tel Aviv desestimó
el recurso del acusado sobre el importe de la multa (recurso 71376/99
Edri David y Estado de Israel). Véase asimismo el proceso penal
(Netanya) 3126/99 Estado de Israel y Mizri Mohammed (sin publicar); el
proceso penal (Kfar Saba) 1049/00 Estado de Israel y Sidi Raphael (sin
publicar).
5 Tel Aviv, causa 10761/01 y recurso 70787/03, 8 de septiembre de
2003.
6 Causa 2086/02, Tel Aviv, 17 de febrero de 2003.
7 Estado y Jamour, recurso N.º  71320/01 (19 de mayo de 2002).
8 Estado y Pinhas Ben Amram Ezra, N.º  2923/01 (4 de julio de 2002).
El acusado, principal director y accionista de OMI Inc., que se
dedicaba fundamentalmente a la fabricación de productos legítimos, fue
declarado culpable de fabricar CD musicales falsificados en su fábrica
de medios ópticos. Este fallo condenatorio fue el fruto de une
investigación policial secreta que duró más de un año. El acusado fue
condenado a una pena de seis meses de prisión, además de a una condena
suspendida de 24 meses de prisión y al pago de una multa de 150.000
shekels. En el fallo del tribunal se hizo hincapié en la gravedad de
los delitos contra la propiedad intelectual y en la importancia de
atajar de raíz la piratería antes de que los productos sean
introducidos en los circuitos de distribución. Esta causa judicial
recibió un importante tratamiento en los diarios. En Estado y Yigal
Binet, el acusado fue declarado culpable de la importación de grandes
cantidades de cigarrillos que llevaban marcas falsificadas. El acusado
fue condenado a una pena de 15 meses de prisión, así como a una
condena suspendida de 24 meses de prisión y al pago de una multa
de 5.000 shekels. La empresa a la que estaba vinculado el acusado fue
obligada a pagar una multa de 250.000 shekels.

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