DIRECCIÓN GENERAL DE SALUBRIDAD HIGIENE
Y MEDIO AMBIENTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº23 /2014.
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE
DESMALEZADO, CARPIDO, LIMPIEZA DE
CUNETAS, LIMPIEZA DE TERRENOS BALDÍOS Y
LIMPIEZAS GENERALES
1.OBJETO
La Intendencia Departamental de Rivera convoca a empresas para la
contratación de
servicios de desmalezado, carpido, limpieza de cunetas, limpieza de
terrenos baldíos y limpiezas generales para la ciudad y el
departamento de Rivera hasta el monto máximo de la Licitación
Abreviada.
2. NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las
siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8° de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos
nacionales).
d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y
Condiciones
Generales para los contratos de suministros y servicios no
personales).
e) Artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto
reglamentario
395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información
Financiera).
f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de
Proveedores del
Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
g) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario N°
244/2000 de 23
de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
h) Decreto 500/99 1 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento
Administrativo).
i) Ley 16.879 de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones
Unidas sobre los
Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).
j) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001
de 21 de agosto
de 2001.
k) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder
público, corrupción).
l) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de
la licitación.
m) Normas departamentales que refieran a la materia.
n) Leyes 18046, 18098 y 18099.
o) Pliego General de Condiciones de la IDR.
3. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su
realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas
decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por
gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
4. PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRÓRROGAS
4.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones, aclaraciones y consultas
referidas al presente llamado deberá dirigirse a la Unidad
Licitaciones de la Dirección General de Hacienda, sita en Agraciada
570, Rivera, Teléfono: (462) 31900 int.138.
Quienes remitan comunicaciones o documentos a dicha oficina, en
cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el
comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser
requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no
presentarse el mismo se tendrá por no presentada.
Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios:
personalmente, carta
certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.
Los oferentes deberán constituir domicilio en la Ciudad de Rivera y
denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio.
Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o
denuncien nuevos en su reemplazo.
La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante
escrito presentado en el expediente de licitación, con firma
notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil
inmediato siguiente.
4.2 Aclaraciones y consultas.
Cualquier adquiriente de los pliegos podrá solicitar por cualquiera de
los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o
consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida hasta 5
días antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las
ofertas.
Vencido dicho término la Administración no estará obligada a
proporcionar datos aclaratorios.
Las consultas serán contestadas en el plazo máximo de 48 horas a
partir de su presentación.
La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitadas, así
como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario
realizar, a su exclusivo criterio y, a través de alguno de los medios
establecidos en comunicaciones, a todos los que hayan adquirido el
Pliego de Condiciones.
4.3 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días
hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de quince días, que
se computarán en días corridos o calendario.
Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas
de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes
al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas.
Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de
vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán
automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.
Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho
que determina el decurso del plazo.
5. GARANTÍAS
Las garantías se constituirán a la orden de la Intendencia
Departamental de Rivera, y podrán consistir en:
a) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal.
b) Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora, un
fiador nacional o extranjero aceptable para la Administración. En el
caso de fiador extranjero, deberá constituirse a través de un
corresponsal de la institución elegida en el Uruguay. Debe dejarse
copia de las pólizas correspondientes en el expediente de licitación,
para su control en caso de ejecución.
No se admitirán garantías personales de especie alguna.
Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades
indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre de la
Intendencia Departamental de Rivera y que cubran la cantidad exigida
en cada relación contractual.
En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda
de la oferta.
Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición
de la Administración y los contratos originados por éstas, deberán
contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite
alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.
El documento justificativo de la constitución de garantías deberá
contener necesariamente el número de la licitación y organismo que
realizó el llamado.
Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el
importe será el que resulte del valor de las mismas en tipo de unidad
en que se hubiere constituido.
La devolución de las garantías se realizará de oficio o se solicitará
mediante nota dirigida a la Intendencia Departamental de Rivera, en
los casos que corresponda según este Pliego.
Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente
las cantidades a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o
multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber
incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.
Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el
cobro de multas a deducirse de las garantías, serán notificadas a la
empresa aseguradora o institución que corresponda y, dispondrán la
intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa
contratista.
Garantía de cumplimiento de contrato.
Si corresponde, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de
la adjudicación o su
ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la
garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la
contratación, en los términos y condiciones previstos por el Art. 64
del TOCAF.
Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía del fiel
cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos,
la Administración podrá aplicar una multa de 1% UR sobre el importe
adjudicado, por cada día calendario de atraso en cumplir con este
requisito.
Transcurrido el nuevo plazo otorgado, a falta de constitución de esta
garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del
adjudicatario, pudiendo la Administración ejecutar la garantía de
mantenimiento de oferta, iniciar las acciones que pudieran
corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que
cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras
licitaciones este hecho y, reconquistar el estudio de la licitación
con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no
dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego
de producida la finalización de los servicios, con la previa
conformidad de los mismos por parte de la Administración.
La Intendencia podrá hacer uso de la opción prevista en el art. 64 del
TOCAF y no exigir garantías.
6 PROPUESTA
Las ofertas deberán presentarse por escrito firmado en sobre cerrado,
en original y copia. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos
y normas técnicas, éstos deberán presentare por duplicado.La oferta no
firmada será rechazada.
Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente
documentación:
1) Comprobante de pago del pliego cuando corresponda.
2) Documentación que acredite la representación invocada.
3) Contacto permanente en la Ciudad de Rivera disponible las 24 horas
4) Antecedentes de la Empresa en tareas similares.
5) Experiencia en el área licitada
6) Nombre, dirección y teléfono del Encargado de la Empresa.
7) Documentación que justifique la calificación del personal y sus
antecedentes.
8) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la
Intendencia de Rivera (esto no será necesario para los proveedores
habituales de la Intendencia o proveedor ya registrado)
9) Declaración jurada de la empresa de la cantidad máxima de servicios
de cada ítem que puede prestar en forma mensual, detallando equipos y
personal que le destinará a la
tarea.
El adjudicatario deberá presentar:
Certificado único BPS (vigente); Certificado único DGI (vigente);
Seguro contra accidentes laborales del BSE (vigente), cuando sean
Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada u otro
tipo social, deberán adjuntar un Certificado notarial que acredite la
administración, dirección y titularidad de la firma oferente del
corriente año a efectos de oportunamente dar cumplimiento a las
disposiciones de las Leyes Nº 17.957 y Nº 18.244, así como el objeto
social de las mismas;Si corresponde, cumplir con el art. 13 Ley
17.904, Planilla de trabajo
La oferta de servicios deberá informar los rubros que se indican en el
presente artículo. La información deberá ser clara y veraz, y con
caracteres fácilmente elegibles:
a) Nombre y domicilio del oferente.
b) Cotización en moneda nacional con todos los impuestos incluidos.
Cada empresa deberá cotizar los servicios realizados en la ciudad y/o
en las localidades del interior del departamento.
No se admitirá diferente cotización por días feriados.
c) Forma de pago y forma de reajuste de las ofertas.
Cada proponente deberá presentar la propuesta por la totalidad de los
servicios
requeridos de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 11.
7. RECEPCIÓN DE OFERTAS
Las ofertas serán recibidas hasta el día viernes 23 de mayo hasta la
hora 13.00 en División Adquisiciones.
La apertura de las propuestas se realizará a partir de la hora 13.00
en la Oficina de Licitaciones.
Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes
una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás
condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular
observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que
quedarán registradas en el acta de apertura.
Vencido el plazo para la presentación de la ofertas, no se tomará en
cuenta ninguna
interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que
fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos
o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o
por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante.
En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la
solicitud, para hacer llegar su respuesta.
8 CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD
El servicio cumplirá con las técnicas especializadas de la actividad
que se brindará. El contratista deberá asegurar que el servicio se
cumplirá en los lugares, días y condiciones: que establezca la
Intendencia Departamental de Rivera. La empresa deberá atender la
demanda, mismo que ella signifique la jornada de 24 hs en la cantidad
de turnos que corresponda, y con la cantidad de obreros y equipos que
sean necesarios. La negativa por parte de los funcionarios de la
empresa no será causal que convalide el incumplimiento de lo
solicitado por la Intendencia Departamental de Rivera, en adelante
IDR, pudiendo ésta aplicar las sanciones que estime pertinentes. Será
de exclusiva responsabilidad del contratista proporcionar el apoyo que
su personal requiera para cumplir con las solicitudes establecidas por
la IDR. Deberá designar un Coordinador General con domicilio en la
ciudad de Rivera quien será el nexo vinculante con la
Intendencia y estará disponible las 24 horas. Las notificaciones que
se le realicen se tomarán como realizadas al adjudicatario. En caso de
sustitución deberá comunicarse a la IDR en un plazo máximo de 24
horas, tal hecho.
Los servicios ofrecidos deben cumplir con las siguientes
características:
1. El adjudicatario dará cumplimiento a las normativas legales que en
materia de legislación laboral corresponde a los empleadores, siendo
de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de dichas normas; su
incumplimiento podrá determinar la rescisión del Contrato.
2. El adjudicatario se hará responsable del estricto cumplimiento de
las tareas asignadas a través de este llamado. La IDR elaborará un
informe mensual que determine el grado de cumplimiento del
adjudicatario. Cualquier incumplimiento será notificado a la empresa
en forma inmediata siendo de su entera responsabilidad subsanarlo.
3. En caso de acumular cinco observaciones por incumplimiento o
irregularidades en el
desempeño de las tareas asignadas, la IDR podrá resolver el contrato
de adjudicación sin
responsabilidad alguna de su parte pudiendo incluso reclamar los daños
y perjuicios que se ocasionen, sin perjuicio de las multas o sanciones
que se apliquen puntualmente.
4. La o las empresas adjudicatarias deberán realizar los servicios
dentro de las zonas
asignadas por División Higiene, en cualquier lugar de ellas, debiendo
dejar los residuos en condiciones de ser retirados por esta División.
Se incluyen para estas tareas además de la ciudad de Rivera, Lagos del
Norte, Tranqueras, Minas de Corrales y Vichadero. A tales efectos se
deberá cotizar el trabajo realizado con impuestos y leyes sociales
incluidas, debiendo cotizar un precio para la ciudad de Rivera y Lagos
del Norte y otro para las localidades del interior: Tranqueras, Minas
de Corrales y Vichadero. En caso de presentarse empresas radicadas en
las localidades del interior, se priorizarán los trabajos realizados
en las mismas.
5. La IDR proporcionará al contratista los productos químicos
(herbicida) con los que se
desarrollarán las tareas (en caso de ser necesario). Los equipos,
accesorios de seguridad, útiles, herramientas y demás materiales
necesarios para los trabajos correrán por cuenta del contratista.
6. A estos efectos los oferentes presentarán con su oferta un listado
de equipos con los
que proveen desarrollar las tareas, en caso de resultar
adjudicatarios.
7. La Comuna, una vez asignadas las zonas a los oferentes irá
indicando a su criterio y
conveniencia los trabajos a realizar, pudiendo incluso llegar a
suspender las tareas en forma temporaria o definitiva, sin
responsabilidad de tipo alguno de su parte.
8. Para cada caso en concreto, en que se requieran los servicios de
las Empresas
adjudicatarias, deberán establecer por escrito el plazo que estima en
que serán cumplidos los servicios. Dicha estimación deberá ser
presentada a la Dirección General de Salubridad, Higiene y Medio
Ambiente, a través de División Higiene previo al inicio de las tareas.
La Intendencia no se obliga a la contratación de una cantidad mínima
mensual de servicios.
9. VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA
Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos
contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso.
Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la
propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo
el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase
alguna.
10. COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA
Los precios cotizados deben incluir todos los gastos (vehículos,
personal, combustible,
herramientas, etc) que cubran el cumplimiento del servicio que se
establece en el presente Pliego.
Los oferentes deberán cotizar por todos los ítems licitados no se
aceptarán cotizaciones parciales.
Podrá cotizar los trabajos para cada localidad, sin ser para la
totalidad de las solicitadas.
Las ofertas deberán cotizarse en moneda nacional, debiéndose incluir
en el precio, la totalidad de los impuestos que correspondan,
explicitándose claramente cuáles son.
Los precios cotizados regirán para todas las tareas determinadas sin
variaciones de tipo alguno.
En caso de que esta información no surja de la propuesta, se
considerará que lo cotizado
comprende todos los impuestos.
En razón de la naturaleza de los trabajos que adjudicará la IDR, los
oferentes deberán cotizar sus tareas en los siguientes ítems y
modalidades.
Ítem 1: Limpieza de terrenos baldíos y/o áreas públicas, incluyendo
desmalezado, corte de arbustos, eliminación de tacuarales, tareas de
desmalezado en áreas públicas y limpiezas de predios baldíos privados,
áreas de pastizales que requieran carpido, áreas con malezas a
cortarse con guadañas y/o desmalezadoras, áreas con malezas y/o
arbustos que por su parte requieran la utilización de sierras,
motosierras, hachas o machetes, áreas de cañaverales que deberán ser
arrancados de raíz; la cotización deberá realizarse por metro cuadrado
de superficie a tratar. Por este ítem la Intendencia pagará hasta la
suma de $16, (pesos uruguayos diesiseis) impuestos incluidos el metro
cuadrado.
Ítem 2: Tareas de carpido de cordón cuneta y limpiezas de cuneta con
desmalezados y levante de liviano, incluyendo tareas de carpido, corte
de malezas y limpieza de cunetas, retirando todos los deshechos
acumulados incluyendo vegetación, la cotización deberá realizarse por
cuadra asumiendo por cuadra ambas aceras y ambas cunetas o cordón
cuneta. Por este ítem la Intendencia pagará hasta la suma de $1.300,
(pesos un mil trescientos ) impuestos incluidos la cuadra.
Ítem 3: Desmalezados y levante de liviano en aceras de la vía pública,
incluyendo limpiezas generales, previéndose comprender tareas de
barrido, limpieza con rastrillo o escardilla, desmalezado, aplicación
de herbicida, carpido y captación manual de residuos livianos y otras
tareas que directa o indirectamente refieran a la higiene de la zona a
trabajar, la cotización deberá realizarse por cuadra. En todos los
casos, el oferente concluirá una vez acondicionado el residuo para
efectivizar el levante de acuerdo a las indicaciones de División
Higiene. Por este ítem la Intendencia pagará hasta la suma de $700,
(pesos setecientos) impuestos incluidos la cuadra.
Para cualquiera de los 3 ítems se deberá considerar la aplicación de
producto químico
(herbicida), en caso de que División Higiene considere necesario y el
mismo será proporcionado a la empresa por dicha División.
11.PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60
días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas,
a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se
hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al
oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración
manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de
pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles
perentorios.
No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de
la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario
la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta
presentada.
De no recibirse aquella en el lapso señalado, la oferta podrá ser
desestimada.
12. COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS
Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar
las ofertas serán
los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según
corresponda:
1. Cumplimiento de los requisitos del presente pliego
2. Precio más conveniente.
3. Respaldo técnico.
4. Antecedentes de la empresa, con la Administración y en plaza.
5. Servicios ofrecidos.
El presente orden no implica prelación.
La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente o, a solicitar información
complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de
funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los
funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener
una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales
correspondientes.
Las ofertas que coticen en moneda extranjera, serán rechazadas sin
responsabilidad alguna para la Intendencia Departamental de Rivera.
La comparación de las ofertas se verificará incluyendo todos los
impuestos. Cuando el oferente no desglose el importe de los impuestos,
se considerarán incluidos en el monto de la oferta.
La información para la evaluación técnica será obtenida de las
ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos
complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.
13. ADJUDICACIÓN
La Intendencia no adjudicará la licitación a una sola empresa, aun
cuando sea la de menor precio, para lo cual se seguirá el siguiente
procedimiento, salvo que las demás empresas no se avengan a realizar
el trabajo por este menor precio y conforme se dispone a seguir.
La Empresa que cumpla con las condiciones establecidas en el pliego y
que tenga el menor precio promedio entre todos los ítems quedará
seleccionada. A las restantes se las invitará a trabajar por el mismo
precio ofertado por ésta, mediante comunicación escrita.
Con las que queden luego de este proceso se elaborará un listado
asignándole un número a cada empresa (por sorteo ante escribano
público) y las tareas se irán distribuyendo a medida que vayan
surgiendo a la empresa que le toca por número.
Las tareas se irán asignando por orden de prelación (uno, dos, tres,
etc.) y llegado al final de los mismos se volverá al número uno.
En caso de negativa por parte de la Empresa a cumplir cualquier
servicio solicitado, se pasará al número siguiente y así
sucesivamente, dejando constancia de la omisión, aún si fuera por
causas justificadas.
La negativa injustificada en más de 3 citaciones implicará la
eliminación del registro y su no participación en futuros sorteos.
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma
adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato
correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego,
siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de
las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.
En caso que, vencido el primer año de adjudicación la Intendencia
resolviere no prorrogar el contrato, comunicará tal hecho por escrito
a la empresa adjudicataria con una anticipación no menor a 45 días
antes de la fecha de vencimiento del mismo.
En caso que ninguna Empresa aceptara, la IDR podrá adjudicar las
tareas a una sola Empresa, aunque la voluntad del Ejecutivo es la
participación en la adjudicación del mayor número de empresas.
14. PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
El inicio del servicio se verificará dentro de las 24 horas de emitida
la orden por parte de la Dirección General de Salubridad, Higiene y
Medio Ambiente, en los horarios, lugar y condiciones indicados por
ella.
15. CONFORMIDAD CON EL SERVICIO
Los servicios prestados serán controlados por la Dirección de
Salubridad, Higiene y Medio Ambiente quien procederá a prestar su
conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a
su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado. Las observaciones se
realizarán a través de Órdenes de Servicio, que serán notificadas al
contratista.
En el caso que algún aspecto del servicio no se adecue a lo
establecido en el presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro
del plazo de 24 horas, deberá corregirlo, no dándose trámite a la
conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que
corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes.
16.CESIÓN DE CRÉDITOS
Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y
siguientes del Código Civil:
a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario
todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún
las meramente personales,
b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer
efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el
Pliego y, por el cumplimiento del servicio.
17. MULTAS
Por cada día de atraso en la conclusión o inicio de cualquier trabajo
asignado se cobrará una multa equivalente al 1% de los haberes
generados en el mes en que se produce el
incumplimiento.
El contratista será responsable de todos los gastos que, como
consecuencia directa del atraso, deba cubrir la Administración en el
cumplimiento de los servicios licitados.
En especial y para los casos que se detallan, se aplicarán las
siguientes multas:
1. Incumplimiento de las tareas asignadas 5 UR.
2. Residuos sin acondicionar en el lugar asignado 5 UR.
3. Incumplimiento del servicio en un plazo máximo total de cinco días
hábiles.
4. Mutuo acuerdo.
5. Todo otro que suponga incumplimiento del presente pliego de
condiciones y órdenes de servicio impartidas. Las causales enunciadas
del a) al d) de este artículo, podrán dar lugar a la ejecución de la
garantía de cumplimiento de contrato.
6. El caso previsto en el Art.1 del presente Pliego.
18. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la falta de
cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los
oferentes adjudicatarios o contratistas, derivados de su oferta,
adjudicación o contrato, podrá dar mérito a que la Administración
proponga o disponga según el caso, la aplicación de las siguientes
sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma
conjunta (dos o más de ellas):
apercibimiento
multa
suspensión del Registro de Proveedores de la Intendencia
Departamental de Rivera
eliminación del Registro de Proveedores de la Intendencia
Departamental de Rivera
ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
demanda por daños y perjuicios
publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
resolución de contrato (daños y perjuicios).
19. CAUSALES DE RESCISIÓN
La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los
siguientes casos, que se
enumeran a título enunciativo:
1 Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de
concordato.
2 Descuento de multas en hasta tres facturas.
3 Incumplimiento del servicio en un plazo máximo total de 3 días
corridos.
4 Mutuo acuerdo.
Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar
al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
20. MEJORA DE OFERTA. AMPLIACIÓN DE CONTRATO.
En caso de considerarse conveniente para los intereses de la
Intendencia se utilizarán los institutos de mejora de ofertas y
negociación, establecidos en los términos y condiciones previstos en
el TOCAF.
21 AJUSTE DE PRECIOS.
Los precios se reajustarán en forma semestral de acuerdo a la
variación del IPC, tomándose como índice para el reajuste el vigente a
la fecha de apertura de ofertas.
22. Las empresas oferentes deberán tener presente la obligación
establecida en el art. 14 de la ley 17.897 (porcentaje de trabajadores
inscriptos en bolsa de Trabajo del Patronato de Encarcelados y
liberados) y en la ley 18.516 (mano de obra local).
Asimismo, y de acuerdo a lo dispuesto por las leyes 18.098, 18.099, y
18.251, la empresa adjudicataria estará obligada a:
a) respetar los laudos de los Consejos de Salarios con respecto a sus
trabajadores y otras obligaciones laborales y previsionales,
b) exhibir a la Administración, toda vez que esta lo solicite la
documentación que lo
acredite;
c) a aceptar que la Intendencia pueda retener de los pagos, los
créditos laborales adeudados;
d) el incumplimiento de todo lo anterior podrá dar lugar a la
rescisión del contrato, más los daños y perjuicios.