CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE EGÃÃS Y AYUNTAMIENTO DE
ARANGUREN SOBRE ENCOMIENDA DE GESTIÃN PARA CONTRATACIÃN DE ESTUDIO Y
SEGUIMIENTO DE LA COLONIZACIÃN DE ESPACIOS POR ANFIBIOS
SarrigurenValle de Egüés, a ⦠de ⦠de 2018.
REUNIDOS
De una parte donâ¦,
De la otra don â¦
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación del Ayuntamiento del Valle de
Egüés.
El segundo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Aranguren.
Ambos comparecientes ejercen sus cargos de forma pública y notoria y
se reconocen la capacidad y la legitimación necesarias para el
otorgamiento del presente convenio y a dicho fin hacen expresión de
los siguientes
ANTECEDENTES
I. Ambos Ayuntamientos consideran oportuno llevar a cabo un estudio y
seguimiento de la colonización de espacios por anfibios, tanto en los
que han sido objeto de naturalización en el término del Valle de
Egüés, como en el Valle de Aranguren.
Dicha naturalización de espacios proviene de proyecto de âCreación
de humedales en la cuenca oriental de Pamplona para aumentar la
conectividad biológicaâ promovido por el Servicio de Conservación
de la Biodiversidad del Gobierno de Navarra.
II. Se cuenta para ello con un presupuesto que alcanza los 4.000,00
euros sin iva.
III. Ambas Administraciones consideran conveniente llevar a cabo una
única contratación del estudio y seguimiento de los espacios
comprendidos en ambos términos municipales debido a que tienen un
mismo proyecto de origen, a que asà lo aconseja la continuidad
territorial entre ambos municipios y a que la puesta en común de
metodologÃas y conclusiones favorecerá sin duda un mayor acierto y
eficacia en cuanto a los datos obtenidos y actuaciones que puedan
contemplarse.
IV. El presente convenio se formaliza al amparo de lo dispuesto en el
artÃculo 70 de la Ley Foral 6/90, de 2 de julio, de la
Administración Local de Navarra, asà como el artÃculo 11 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre de Régimen JurÃdico de las Administraciones
Públicas.
CLÃUSULAS
Primera. El Ayuntamiento del Valle de Egüés encomienda al
Ayuntamiento de Aranguren la gestión administrativa de los
expedientes de contratación y adjudicación que sean necesarios para
la licitación de la asistencia técnica consistente en el estudio y
seguimiento de anfibios en sus respectivos términos municipales y
durante el año 2019.
Dicho estudio tomará como objeto básico los microhumedales
ejecutados a través de un proyecto financiado por Caixa en el año
2015, asà como los implementados hasta 2018 contemplados en dicho
proyecto.
Segunda. Los servicios a contratar se definen y cuantifican en
memoria valorada que se adjunta al presente convenio como anexo y que
ambas partes aprueban.
Tercera. La presente encomienda comprende la realización de todos
los trámites necesarios para la aprobación del expediente de
contratación y la licitación de los servicios hasta su
adjudicación.
La formalización del contrato se llevará a cabo por el Ayuntamiento
de Aranguren.
La supervisión del desarrollo de los trabajos, asà como la
resolución de las incidencias derivadas de su ejecución será
responsabilidad del Ayuntamiento de Aranguren. El Ayuntamiento del
Valle de Egüés colaborará con este último en todo lo que respecta
a la supervisión de dichos trabajos en la parte de los mismos que
afectan a su término municipal.
Una vez terminados los trabajos, todas las facultades derivadas del
contrato relacionadas con los vicios, defectos y responsabilidades
derivadas de un cumplimiento defectuoso, o incumplimiento del
contrato, corresponderán a cada Ayuntamiento respecto de los
correspondientes a su respectivo término municipal.
Cuarta. La facturación de los servicios se llevará a cabo por la
empresa adjudicataria de los trabajos a los Ayuntamientos directamente
y por separado al 50 por 100 del total importe de cada factura.
El Ayuntamiento del Valle de Egüés se compromete a disponer de
partida presupuestaria adecuada y suficiente para atender los pagos
derivados de lo expuesto en el párrafo anterior.
Quinta. El Ayuntamiento del Valle de Egüés podrá designar un
representante en la mesa de contratación o, en su caso, un supervisor
del procedimiento de contratación, si no se constituyera dicho
órgano auxiliar por no ser legalmente preceptivo. En cualquier caso,
podrá solicitar del Ayuntamiento de Aranguren cuanta información y
documentación considere oportuna sobre el desarrollo de la
licitación y ejecución de los trabajos.
Sexta. Las ayudas de terceros que puedan obtenerse por los
Ayuntamientos firmantes beneficiarán a ambos al 50 por 100.
En prueba de conformidad y para constancia, se firma el presente
convenio por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el
encabezamiento.
Por el Valle de Egüés Por el Valle de Aranguren
4